Cédulas de diferencias y Sivepa

Cédulas de diferencias y Sivepa

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 .  (Foto: IDC online)

Derivado del comparativo que periódicamente realiza el Instituto Mexicano del Seguro Social entre su base de datos (cuya información se basa en los avisos afiliatorios presentados por los patrones), y los pagos realizados por las empresas a través del Sistema Único de Autodeterminación (Sistema de Verificación de Pagos -Sivepa-), se ha generado la emisión y notificación masiva de las llamadas cédulas de diferencias de cuotas obrero-patronales mensuales y bimestrales, acciones que sin duda han provocado tanto al Instituto como a los patrones una serie de problemas administrativos, porque al momento de su aclaración la mayoría de estas diferencias resultan improcedentes al haber sido cubiertas con antelación vía dictamen, una de las principales herramientas de regularización del cumplimiento de obligaciones en esta materia.

Consciente de lo anterior, la Titular de la Coordinación de Auditoría a Patrones del Instituto Mexicano del Seguro Social, licenciada Marina Castro Moreno, emitió por segundo año consecutivo, el Oficio Circular 0952179500/893, referencia 33.322/283, con el objeto de comunicar formalmente al Presidente del Colegio de Contadores Públicos de México, AC., que se giraron instrucciones a las diversas subdelegaciones del país para que dejen sin efectos las cédulas de diferencias referidas siempre y cuando:

  • el contador público haya concluido y presentado el dictamen respectivo;
  • los avisos afiliatorios generados por el dictamen se hubiesen presentado, y
  • las cuotas obrero-patronales se hubiesen pagado totalmente, o el patrón se hubiese acogido al plazo de 12 meses de pago en parcialidades y otorgado la garantía correspondiente.

En este documento no se especifican los ejercicios a los cuales se les aplicará este beneficio, a pesar que de expresamente el oficio circular emitido por el Director de Afiliación y Cobranza del Instituto el pasado 27 de febrero, señala que las subdelegaciones del IMSS están obligadas a cancelar las cédulas de diferencias derivadas del Sivepa de patrones dictaminados por los ejercicios 1997 y 1998, situación que posiblemente provocará algunas controversias entre los patrones dictaminados y los agremiados de la asociación de contadores citada.

Para conocer el texto íntegro del oficio en comento, se recomienda accesar a la página www.idcweb.com.mx, sección de Seguridad Social, elemento Información Complementaria, apartado Formatos.