Presente su aviso de dictamen IMSS

Los patrones que en 2009 tuvieron un promedio de 300 o más trabajadores deben dictaminar ese ejercicio y presentar el aviso de dictamen

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 .  (Foto: IDC online)

De acuerdo con los numerales 16 de la Ley del Seguro Social (LSS) y 152 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), aquellos patrones que en 2009 tuvieron un promedio de 300 o más trabajadores deben dictaminar ese ejercicio y presentar el aviso de dictamen correspondiente, a más tardar el próximo 30 de abril.

Como oportunamente lo informó IDC, Seguridad Jurídico y Fiscal, a partir de este año el aviso y el dictamen podrán presentarse en papel o medio magnético.

Si el dictaminador elige la primera opción deberá exhibir la siguiente documentación en original y copia para su cotejo, en el área de Auditoría a Patrones de la Subdelegación correspondiente al domicilio fiscal del patrón, según el tipo de dictamen del que se trate, esto es:

Documentos Tipo de dictamen
Inicial Subsecuente
Acta constitutiva de la empresa y las modificaciones que hubiese tenido  Sí No
Formato R-1, Solicitud de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes1 No
Afil-01, Aviso de Inscripción Patronal o de Reanudación de Actividades
Tarjeta patronal No 
Poder notarial para pleitos y cobranzas e identificación oficial (credencial de elector, cédula profesional, pasaporte o cartilla del Servicio Militar Nacional) del representante legal Sí  2 
Constancia de Acreditación de la Evaluación del Contador Público Autorizado para efectos del IMSS o bien la credencial expedida para tales efectos por la Coordinación de Corrección y Dictamen que acredita al contador como dictaminador 2
Identificación del contador público dictaminador No
DICP-01, Solicitud para registro de contadores públicos3 2 
DICP-02, Aviso de dictamen para efectos del Seguro Social3, acompañado del anexo que correspondaDICP-02 ANEXO 1, Para patrones con más de un registro patronal3,DICP-02 ANEXO 2, Para patrones con Registro Patronal Único3 Sí  2 

Notas:

1 Esto para comprobar que el domicilio comunicado en el aviso de dictamen coincide con el proporcionado al Servicio de Administración Tributaria (SAT)

2 En caso de que hubiese cambio de representante legal o dictaminador

3 Este año será la primera vez que se utilicen los formatos dados a conocer en el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290709/147.P.DIR del 27 de agosto de 2009. Deben presentarse en tres tantos

Si por lo contrario, el contador elige emplear el Sistema Único de Dictamen (SUDI) para presentar el aviso y el dictamen respectivo, tendrá que generar el aviso electrónicamente y digitalizarlo para exhibirlo ante la oficina de Auditoría a Patrones de la Subdelegación correspondiente al domicilio fiscal del patrón dictaminado.

Al entregarlo, el IMSS le asignará un folio y lo capturará en el SUDI para posteriormente poder generar y entregar al dictaminador el archivo del propio dictamen con los anexos respectivos, los cuales deberán presentarse en la oficina referida.

A fin de que la gran mayoría de los contadores elijan el SUDI para presentar tanto el aviso como el dictamen, el Seguro Social ya lo puso a su disposición en su página electrónicaPara instalarlo en su PC, los dictaminadores deberán localizar el módulo IMSS para ti, elegir la opción Patrones, en la página desplegada ubicar el apartado Información de interés y seleccionar Dictamen de contador público a fin de que se muestre el link para descargar el sistema en comento.