IMSS delega facultad para dar pensiones

No será necesario que los Delegados Regionales, Estatales o del DF ejecuten el ejercicio de esta facultad directamente

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 .  (Foto: IDC online)

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación del pasado 13 de abril, el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.240210/26.P.DPES del H. Consejo Técnico, dictado en la sesión ordinaria celebrada el 24 de febrero del presente año, relativo a la autorización para delegar el otorgamiento, negativa y modificación de pensiones a funcionarios, el cual entró en vigor el propio 14 de abril y con ello se abroga el similar 454/2004, del 24 de marzo de 2005.

En virtud de este Acuerdo, el Seguro Social delega en los Jefes de Departamento de Pensiones Subdelegacionales; Subdelegados; Jefes de Oficina de Pensiones Delegacionales, de Departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas y de Servicios de Prestaciones Económicas y Sociales, la facultad de firmar bajo su estricta responsabilidad, las resoluciones para conceder, rechazar y modificar las pensiones que le corresponde otorgar, según la Ley del Seguro Social (LSS), esto es las derivadas de los Seguros de Invalidez y Vida, Riesgos de Trabajo, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.

Lo anterior sin perjuicio del ejercicio directo de esta facultad por parte de los Delegados Regionales, Estatales y del DF (art. 144, fracción XVIII Reglamento Interior del IMSS).

Asimismo se autoriza a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales para que, a través de la Coordinación de Prestaciones Económicas, instaure los mecanismos de control necesarios para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en este Acuerdo.