Facilidades para deudores ¡en todo 2010!

Se amplia la vigencia acerca del beneficio a los patrones para que regularicen sus adeudos ante el Instituto

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 .  (Foto: IDC online)

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer en la sección Empresarios de su página de Internet: www.infonavit.org.mx, el Programa de Facilidades 2010 en el cual detalla los beneficios que ofrece a los patrones que a causa de la crisis económica han tenido dificultades para el cumplimiento de sus obligaciones de vivienda, a fin de regularizar su situación fiscal.

En principio este programa estaría vigente hasta el pasado 31 de marzo, tal como lo informamos en la edición 226 en la nota para tomarse en cuenta intitulada Regularice sus adeudos con Infonavit, donde podrán consultar los puntos medulares, no obstante el Instituto amplió la vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

Por lo anterior, a continuación sólo se reproducen las adiciones hechas por el Instituto:

Beneficios

Se determinan según la forma en que los patrones regularicen sus adeudos:

Pago en una sola exhibición

Los patrones podrán obtener los siguientes beneficios.

Período % de condonación
Recargos Multa
2003 y anteriores 50 100
1o al 6o de 2004 40
Mes de incorporación % de condonación
1o al 6o de 2005 35 Abril 90
1o al 6o de 2006 30 Mayo 80
1o al 6o de 2007 25 Junio 80
1o al 6o de 2008 20  Julio 70
1o al 6o de 2009 0 Agosto 60
Septiembre 50
Octubre 40
Noviembre 30
Diciembre 20

Pago en parcialidades

El Infonavit podrá autorizar al patrón el pago de sus adeudos por concepto de aportaciones (5%) y sus recargos hasta en 48 parcialidades; tratándose de amortizaciones, aportaciones para las amortizaciones y sus accesorios, hasta 12 parcialidades. Asimismo, el deudor podrá efectuar pagos anuales o semestrales según su capacidad de pago.

En estos casos, los patrones estarán exentos de la garantía del interés fiscal, no obstante cuando omitan el pago de dos o más parcialidades sean o no consecutivas deberán garantizar el interés fiscal en cualquiera de las formas previstas en el numeral 141 del Código Fiscal de la Federación.

Al elegir el pago en parcialidades no habrá condonación de recargos pero sí de multas, de acuerdo con lo siguiente:

Período Porcentaje de condonación de multa
2003 y anteriores 80
1o al 6o de 2004
Mes de incorporación % de condonación
1o al 6o de 2005 Abril 70 
1o al 6o de 2006 Mayo  60 
1o al 6o de 2007 Junio 60
1o al 6o de 2008 Julio 50
1o al 6o de 2009 Agosto 40
Septiembre 30
Octubre 20
Noviembre 10
Diciembre 5

Cabe señalar que se contemplan los mismos requisitos mencionados en la edición 226 para la procedencia de cualquiera de estas dos formas de pago así como los mismos supuestos para la pérdida de los beneficios descritos.

Finalmente, si los interesados en regularizar sus adeudos tienen alguna duda de este programa, podrán acudir a la oficina del Infonavit más cercana a su domicilio.