En virtud de lo dispuesto en la fracción X del artículo 30 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Ley del Infonavit), dicho organismo está facultado para conocer y resolver las solicitudes patronales de devolución de cantidades pagadas indebidamente o en exceso, de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Los patrones pueden reclamar el reintegro de las cantidades pagadas en demasía dentro de los cinco años siguientes a la fecha del entero correspondiente (art. 39 Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ?Ripaedi?; 22, penúltimo párrafo y 146 Código Fiscal de la Federación).
El responsable de resolver sobre las solicitudes de devolución es el Gerente de Operación de Recaudación Fiscal del Instituto, de acuerdo con lo establecido en los numerales 3o, fracción XXXIII y 11 del Reglamento Interior del Infonavit como Organismo Fiscal Autónomo.
En este contexto, recientemente el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer en su sitio de Internet: www.infonavit.org.mx los documentos y formatos que debe presentar el patrón interesado en obtener los pagos hechos en exceso o duplicados por períodos de julio de 1997 a la fecha, así como los derivados de los gastos relacionados con la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), a saber:
Supuesto de devolución | Documentación a exhibir | |
Períodos de pago de julio de 1997 a la fecha |
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Además:Copia de:identificación oficial del patrón persona física y del representante legal, en su casopoder notarial o documento con el cual el representante legal acredite que cuenta con facultades suficientes para promover a nombre y cuenta de la empresa, tratándose de patrón persona moralcédula fiscalcarta de alta de acreedores en hoja membretada (original)5, yestado de cuenta6 de fecha reciente con los siguientes datos bien legibles: número de cuenta en la que se depositará la cantidad en devolución mediante transferencia bancariaentidad financiera a la que pertenececlave interbancariaRFC, ycopia de la sentencia emitida por un órgano jurisdiccional, cuando la devolución se lleve a cabo por una resolución judicial |
Gastos del PAE |
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Notas:
1 La solicitud deberá imprimirse en hoja membretada de la empresa, ajustándose al Anexo 1, disponible en la página de Internet del Infonavit y en el sitio www.idconline.com.mx, sección Seguridad Social, apartado Formularios, denominado Solicitud de devolución períodos SUA
2 Número de Registro Patronal (RFC), Registro Federal de Contribuyentes, domicilio fiscal y correo electrónico o teléfono de contacto
3 Este escrito deberá apegarse al Anexo 2.En este caso, el Subgerente de Recaudación Fiscal deberá validar por escrito, la solicitud de devolución, porque es indispensable conocer las causas que originaron el acto de autoridad, así como la cantidad a reintegrar
4 Fichas Deporef
5 Este documento tendrá que sujetarse al Anexo 3.
6 Debe ser el que emitido por el banco directamente y no el que puede imprimirse del Internet
A fin de evitar que el Instituto declare improcedente la solicitud de devolución presentada por los patrones es recomendable que éstos verifiquen la procedencia de su reclamo y se aseguren de cumplir con los requisitos señalados.