Nuevas disposiciones del SAR 2009

Normatividad emitida por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro durante este año, distinta a las circulares

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Acuerdo por el que se delega en el Vicepresidente Jurídico de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) la facultad de conocer de los incumplimientos y violaciones a las disposiciones normativas que regulan los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), así como la facultad de imponer a los participantes en los SAR las sanciones administrativas que correspondan, en términos de lo dispuesto en los artículos 52, 99, 100 y 100 bis, de la Ley de los SAR El presidente de la Consar delega en el Vicepresidente Jurídico de dicho organismo la facultad de conocer de los incumplimientos y violaciones a las disposiciones normativas que regulan los SAR y de imponer sanciones y amonestaciones a los integrantes de los SAR en casos como:
  • amonestaciones, suspensiones o remociones de los consejeros, contralores normativos, directivos, comisarios, apoderados, funcionarios y demás personas que presten sus servicios a la Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) o Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefore), cuando considere que no cuentan con suficiente calidad técnica o moral para el desempeño de sus funciones, e
  • imposición de sanciones administrativas a los participantes en los SAR por contravenir a las disposiciones previstas en las leyes de seguridad social
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Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2009 en los que las Afore, instituciones públicas que realizan funciones similares, Siefore y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones Se señalan los días inhábiles para las instituciones señaladas, para la interposición y resolución de los recursos administrativos, así como para el cómputo de los plazos de entrega de la información solicitada en relación con dichos procedimientos que se sigan ante la Consar y demás requerimientos de datos realizados por esta autoridad 26-12-08 19915-02-09pág. 13
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Se establece que las Afore deben comunicar trimestralmente al Congreso de la Unión la situación de los SAR, considerando entre otros aspectos, los montos del rendimiento neto, el rendimiento neto real, el cobro de comisiones y el importe de las minusvalías en caso de haberlas.Además se señalan nuevas sanciones para los agentes promotores de las Afore que registren a trabajadores o traspasen los recursos de sus cuentas individuales sin su consentimiento.Asimismo se indica que las Afore tienen las siguientes obligaciones:
  • enviar, por lo menos tres veces al año, el estado de cuenta del trabajador al domicilio de éste y se da a conocer el nuevo formato de dicho documento, e
  • informar a la Junta de Gobierno de la Consar dentro de los primeros 10 días hábiles de noviembre de cada año, las comisiones que cobrarán el año calendario siguiente
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Manual de Organización General de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emite este documento para precisar el marco jurídico, las atribuciones, la misión, visión y estructura orgánica de la Consar 21-01-09 20028-02-09pág. 14
Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro En términos generales el Ejecutivo reorganizó las normas contenidas en el Reglamento del 30 de abril de 2004.Entre lo novedoso destaca la posibilidad de las Afore de cobrar comisiones por cuota fija a los trabajadores que realicen depósitos en las subcuentas de aportaciones voluntarias y complementarias de retiro en una forma diversa del proceso de recaudación de cuotas y aportaciones 24-08-09 21315-09-09pág. 7