¿Qué hay de nuevo en el IMSS?

Novedades de interés patronal comentadas en el XV Foro Nacional de Especialistas en Seguridad Social

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 .  (Foto: IDC online)

En el XV Foro Nacional de Especialistas en Seguridad Social llevado a cabo los pasados 3 y 4 de junio en el Colegio de Contadores Públicos de México, autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dieron a conocer las siguientes novedades de interés patronal y de la contaduría pública organizada:

  • pago extemporáneo de las cuotas causadas en abril, si bien es cierto el Seguro Social no impondrá multas por el pago extemporáneo de las cuotas mencionadas, también lo es que ello no impide que el IMSS ejerza sus facultades para fijar en cantidad líquida las cuotas obrero-patronales que dejaron de pagarse en tiempo y forma y requerir su pago
  • aplicación de los beneficios del 20% de exención de las cuotas patronales causadas en mayo y junio y el pago en parcialidades del 50% del importe de las mismas, disminuidas previamente con el 20% referido, el titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, licenciado Pablo Salvador Reyes Pruneda enfatizó que sólo se considerarán créditos firmes a los que se originen por actos de fiscalización, capitales constitutivos o multas derivadas de la omisión o incorrecta autodeterminación anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo y se excluye expresamente a los créditos emitidos por el Sistema de Verificación de Pagos (Sivepa)
  • dictamen IMSS, el licenciado Rodrigo González Sandoval, titular de la División Dictamen de la Coordinación de Corrección y Dictamen, comunicó que el 12 de junio próximo se liberará la versión 2.3.0 del Sistema Único de Dictamen (Sudi), el cual es una aplicación off-line que genera un archivo informático, el que podrá presentarse por el contador público o patrón, a través de dispositivo óptico, láser, CD o memoria USB, en la Subdelegación correspondiente a su domicilio fiscal.

Gracias al Sudi, el contador público autorizado podrá realizar los siguientes trámites en la Subdelegación correspondiente a su domicilio fiscal, a través de los medios mencionados:

    • solicitar su registro para dictaminar para efectos del Seguro Social
    • comunicar los cambios a la información presentada en su solicitud de registro de contador público (cambio de domicilio fiscal, despacho, colegio o asociación a la que pertenece)
    • entregar la:
      • acreditación de la evaluación realizada por el contador público autorizado, y
      • comprobación de la membresía de contador público autorizado
    • solicitar su baja en el registro nacional de contadores del Instituto
    • presentar:
      • el aviso para dictaminar y el dictamen
      • los avisos de sustitución de contador público
      • la solicitud de prórroga de presentación de dictamen

   No obstante en la primera etapa se podrá:

    • solicitar el Registro de contador público autorizado y las modificaciones a la información registrada
    • presentar la Acreditación de la Evaluación y Membresía, los avisos para dictaminar de patrones con antecedentes de fiscalización y los avisos de sustitución de contador público autorizado
    • pedir prórroga para la presentación del dictamen

A fines del presente año, se tiene programado concluir con el sistema y por ende podrán presentar el aviso para dictaminar, en cualquier supuesto (con o sin antecedentes de fiscalización) y el dictamen de contador público autorizado para efectos del Seguro Social (incluyendo carta de presentación, modelo de opinión y anexos), y

  • nuevos Criterios para la Evaluación y Acreditacion de Contador Público Autorizado por el Seguro Social, los cuales se firmaron el pasado 20 de abril y dejaron sin efecto al denominado ECPASS, según el titular de la División de Dictamen. Las principales modificaciones son las siguientes, se:
    • establecen de forma específica los eventos y actividades que serán considerados para la acreditación de la evaluación
      • indica la puntuación que deberán cubrir los contadores públicos o contadores públicos autorizados, para obtener y actualizar su acreditación
      • otorga al contador la posibilidad de presentar la nueva acreditación de la evaluación, a través de correo electrónico
      • los Colegios o Asociaciones deberán entregar al Instituto, dentro de los primeros tres meses de cada año, la relación de los contadores públicos autorizados a quienes les han otorgado la acreditación

    Estos criterios entrarán en vigor a partir de la evaluación para la acreditación de 2009, misma que deberá ser presentada en los primeros tres meses de 2010.

            Se utilizarán dos formatos de la Constancia de Acreditación de la Evaluación, uno para la obtención del registro y otro para mantener el registro; además, ambas, permiten acreditar la membresía