Beneficios para acreditados en la crisis

Conozca las acciones del Infonavit para apoyar a los derechohabientes con un crédito de vivienda, en la difícil situación económica

.
 .  (Foto: IDC online)

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) recientemente dio a conocer a través de su página de Internet, la Garantía Infonavit que puede definirse como el paquete de beneficios, apoyos y soluciones para el pago de los créditos de vivienda, dirigido a todos los acreditados con crédito vigente y a los nuevos acreditados originados a partir de este año.

Pérdida de empleo

Prórroga

Cuando el acreditado pierde su relación laboral, el Infonavit le puede otorgar una prórroga de pago, es decir suspender el entero de la amortización del crédito hasta por 12 meses consecutivos, siempre y cuando no se encuentre en un proceso de demanda. Los meses de prórroga se determinan según la antigüedad del crédito de vivienda, esto es, si fueron ejercidos:

  • antes de julio de 1997, cuentan con 12 meses de prórroga durante los cuales no se generan intereses ni se capitalizan, y
  • después de julio de 1997, tienen 24 meses, pudiendo hacer uso máximo hasta de 12 meses consecutivos. A diferencia del caso anterior, se generan intereses y mensualmente se capitalizan al saldo insoluto del crédito

Otorgamiento

El Instituto autoriza la prórroga automáticamente un bimestre después de que recibe el último pago y la aplica de manera retroactiva a la fecha de la pérdida del trabajo.

En caso de que el acreditado efectúe un pago después de haber perdido su empleo, la prórroga no se aplica automáticamente y si ya está contemplada, se suspende, pues el Infonavit presume que el derechohabiente está en posibilidad de realizar sus enteros.

Un mes después de aplicar automáticamente la prórroga, un asesor visita al acreditado para informarle el impacto en su saldo y plazo de su crédito, y le ofrece alternativas para iniciar sus pagos, y en caso de no poder hacerlo le solicita que confirme su prórroga.

Si dentro de los tres meses siguientes a la primera visita del asesor el acreditado no confirma la prórroga, ésta se suspende y se inicia la cobranza del crédito.

En caso de que transcurran más de tres meses de la pérdida del empleo y el trabajador no recibe la visita del asesor, puede comunicarse al Infonatel al 9171 50 50 en el DF y al 01800 008 39 00, dejar sus datos y solicitar que un asesor se comunique con él.

Conclusión de la prórroga

Terminado el período autorizado de prórroga, el acreditado debe efectuar los pagos de la amortización de su crédito ya sea en sucursales bancarias, los autoservicios y establecimientos comerciales, o Infonavit en Internet o desde los Estados Unidos.

Prórroga parcial

Este beneficio es para los acreditados que no tienen una relación laboral y están haciendo uso de la prórroga otorgada por el Instituto.

El asesor les ofrece, entre otras opciones, la firma de un convenio en donde se comprometen a pagar $583.00 mensuales (10.64 veces el salario mínimo diario vigente en el DF). La ayuda dejará de otorgarse cuando termine la prórroga o si el beneficiario omite el pago convenido.

Con la prórroga parcial, el beneficiario obtiene la condonación del 50% de los intereses no cubiertos después de aplicado el pago.

Cuando el acreditado beneficiado con este producto inicie una relación laboral, la prórroga se suspende ante la recepción del primer pago de su patrón y los meses transcurridos quedan descontados del número total establecido en su contrato.

Seguro de Protección de Pagos (2007-2008)

Si el acreditado pierde su empleo, tiene derecho a ejercer el Seguro de Protección de Pagos, mediante el cual una aseguradora paga hasta seis mensualidades de su crédito de vivienda.

Créditos ejercidos durante 2007 y 2008

Durante los primeros cinco años, después de ejercer un crédito de vivienda, el Seguro de Protección de Pagos cubre el pago del préstamo si el acreditado perdió su empleo de manera involuntaria.

El beneficiado con el crédito de vivienda puede hacer efectivo el Seguro cuando cuente con la documentación requerida (formato de reclamo y copia de documento probatorio de pérdida de relación laboral involuntaria), y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) autorice la procedencia del movimiento de baja respectivo.

El reclamo se puede realizar incluso cuando hubiesen transcurrido dos años después de la baja, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos señalados. Asimismo, si el acreditado no ejerce el Seguro desde que pierde el empleo, el Infonavit automáticamente aplicará la prórroga y le enviará un asesor para apoyarlo en la solicitud del Seguro de Protección de Pagos.

Si el crédito se obtuvo en cofinanciamiento con alguna entidad financiera, el Seguro de Protección de Pagos sólo cubre el pago del crédito Infonavit.

En caso de liquidar el crédito de vivienda antes de cumplir los cinco años señalados, sin haber usado el Seguro, el acreditado, pensionado o jubilado puede pedir la devolución de las primas no aplicadas. En el primer supuesto se devuelve y en el segundo se abona a la amortización del crédito.

Fondo de Protección de Pagos (2009-2010)

Orientado a créditos otorgados por el Infonavit una vez firmada la Carta de Instrucción Notarial, con fecha a partir del primero de enero de 2009.

El beneficio consiste en que el acreditado que aportó el 2% de su amortización a este Fondo y posteriormente pierde su relación laboral puede realizar un pago mínimo y el Fondo de Protección de Pagos complementa el 100% de su amortización.

El Fondo de Protección de Pagos aplica después de los períodos de ?carencia? ?seis meses durante el cual el acreditado debe tener relación laboral? y de observación ?cuatro meses?. El primero servirá para que el Instituto verifique que el acreditado contaba con un vínculo de trabajo y el segundo para que compruebe su baja registrada ante el IMSS.

Si durante el primer lapso el subordinado pierde su trabajo, automáticamente se aplica la prórroga y tendrá que utilizar el Fondo en un evento futuro de pérdida de empleo.

Empleo del Fondo de Protección de Pagos

Para usar este Fondo, el acreditado debe comunicarse al Infonatel y solicitar lo transfieran a la Subgerencia de Administración de Seguros donde manifestará que no desea la prórroga que el Infonavit puede otorgarle y autorizará la operación del Régimen Especial de Amortización (REA) por medio del cual cubrirá el copago, el cual se determina en veces el salario mínimo de acuerdo con el factor de pago contratado; así cuando dicho factor es bajo, el acreditado pagará $190.00, medio $370.00 y alto $570.00 y el Fondo aportará la diferencia de la amortización para pagarla en su totalidad.

El copago deberá cubrirse directamente por el acreditado en el banco o cualquier canal de recepción de pagos del Infonavit.

El Fondo puede utilizarse por seis meses por un mismo evento de pérdida de relación laboral cada cinco años, al término de este lapso el acreditado debe cubrir el 100% de su amortización.

Cuando el período de vigencia del Fondo termina, el acreditado, si así lo desea, podrá solicitar, vía Infonatel, el uso de la prórroga por los meses que le queden pendientes para completar los 12 a que tiene derecho.

Los beneficios a que tenga derecho el acreditado y que no solicite, o bien, no proceda su aplicación durante la etapa de desempleo correspondiente, prescriben a favor del Fondo.

Suspensión

El beneficio del Fondo se suspende cuando el:

  • acreditado:
    • recupera su empleo
    • acepta la firma de un convenio de reestructura, y
  • crédito alcanza una morosidad de 30 días

Bolsa de trabajo

El Infonavit y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) implementaron un programa permanente mediante el cual ponen a disposición de los acreditados que se quedan sin empleo 170 mil ofertas mensuales de empleo.

Para acceder a la bolsa de trabajo, el acreditado deberá llenar la encuesta proporcionada por el asesor del Infonavit que lo visite, quien a su vez registrará sus datos en la página electrónica de la STPS. En ésta también constará la información de las empresas existentes que ofrecen empleo.

Otra alternativa para acceder a la bolsa de trabajo es que el interesado ingrese al sitio del Infonavit, ubique la sección Perdiste tu empleo y digite su número de seguridad social o de crédito.

Si el interesado cumple con un perfil requerido, se le hace llegar la oferta a su domicilio o correo electrónico, o bien, el acreditado puede ingresar a la página a consultar las ofertas de su interés.

Seguro por invalidez o incapacidad y defunción

Invalidez o incapacidad

Los acreditados que sufran invalidez definitiva, incapacidad parcial permanente del 50% o más, o incapacidad total permanente, pueden ejercer su derecho de liberación de adeudo, una vez cumplidos los requisitos señalados en las Leyes del Infonavit y del Seguro Social.

La liberación del adeudo procede siempre que el acreditado no se sujete a una nueva relación laboral por un período mínimo de dos años, posteriores a la fecha del dictamen por invalidez definitiva o incapacidad parcial permanente del 50% o más, emitido por el IMSS. En este período gozará de una prórroga promocional de dos años, aplicable a partir de la fecha del dictamen.

Este Seguro no procede si el acreditado sufrió un siniestro preexistente, o tiene secuelas de padecimientos generados, manifiesta y prolongadamente causados por enfermedades o riesgos de trabajo, con anterioridad a la fecha de otorgamiento del crédito, siempre y cuando lo establezca el contrato de otorgamiento de crédito en la cláusula referente a Caja de seguro.

Defunción

El beneficiario del acreditado puede solicitar la liberación del adeudo y cancelación de la hipoteca para tener mayor seguridad jurídica respecto del inmueble, propiedad de fallecido.

A efecto de lo anterior, el solicitante debe estar designado por el acreditado, en el formato Designación de Beneficiarios de Trabajadores Acreditados, como beneficiario de inmueble adquirido con el crédito del Infonavit. Si son varios los beneficiarios, deben designar un representante común.

El beneficiario tiene que entregar todos los documentos requeridos para iniciar el trámite de liberación de adeudo y la carta de instrucciones para cancelación de hipoteca al notario público, la cual se envía tanto al notario como al beneficiario, por correo electrónico.

Si el beneficiario no acude dentro de los 60 días hábiles con el notario para la liberación de escritura, el crédito será reactivado.

Si al fallecer el acreditado tiene una relación laboral, la aplicación de la liberación del adeudo debe solicitarse 90 días después.

Documentación requerida para solicitar el Seguro por Invalidez, Incapacidad o Defunción

Para solicitar la liberación del adeudo, el acreditado inválido o incapacitado o el beneficiario del acreditado fallecido tendrán que acudir al Área Jurídica de la Delegación del Infonavit más cercana y exhibir los siguientes documentos:

Deceso Invalidez o incapacidad
  • Acta de defunción
  • Hoja de beneficiarios, signada y entregada por el acreditado al Infonavit
  • estado de cuenta desglosado, e
  • identificación oficial con fotografía de los beneficiarios
  • Dictamen emitido por el IMSS donde se avale el estado de salud del acreditado
  • estado de cuenta desglosado, e
  • identificación oficial con fotografía y firma

Apoyo a los acreditados por pérdida del empleo 

Acción Beneficio
Prórroga Tiempo de espera hasta 24 meses mientras encuentra empleo o esté en posibilidad de realizar sus pagos de forma directa
Prórroga parcial Condonación del 50% de los intereses no cubiertos después de aplicado el pago y minimiza el impacto de la capitalización de los intereses y el plazo de término del crédito
Protección de pagos El Fondo de Protección de Pagos cubre la mensualidad del crédito hasta por seis meses (cada cinco años), plazo en el cual se realiza un pago mínimo y el Fondo complementa el 100% de la amortización
Bolsa de trabajo Pone al alcance de los desempleados 170 mil ofertas mensuales de empleo a través de un programa permanente organizado por la alianza formada entre Infonavit y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Disminución de salario

Paro técnico

De acuerdo con lo establecido en el numeral 527 de la Ley Federal del Trabajo, la aplicación de las normas de trabajo corresponde a las autoridades federales cuando se trate de:

  • ramas industriales:
    • textil
    • eléctrica
    • cinematográfica
    • hulera
    • azucarera
    • minera
    • metalúrgica y siderúrgica (explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos)
    • de hidrocarburos
    • petroquímica
    • cementera
    • calera
    • automotriz (incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas)
    • química (contemplando la química farmacéutica y medicamentos)
    • de celulosa y papel
    • de aceites y grasas vegetales
    • productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello
    • elaboradora de bebidas envasadas o enlatadas o que se destinen a ello
    • ferrocarrilera
    • maderera básica (producción de aserradero y fabricación de triplay o aglutinados de madera)
    • vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio, y
    • tabacalera (beneficio o fabricación de productos de tabaco), y
  • empresas que:
    • sean administradas de forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal
    • actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias conexas, y
    • ejecuten trabajos en zonas federales o que estén bajo jurisdicción federal, en las aguas territoriales o en las comprendidas en la zona económica exclusiva de la Nación

Así, cuando alguna de las empresas mencionadas solicita la autorización de paro técnico ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) y por ende disminuye la jornada laboral de los trabajadores, el acreditado puede obtener una reducción de pago hasta de un 25%.

Este beneficio dura hasta 12 meses y para tener acceso a él es necesario que:

  • el acreditado no tenga reestructura vigente, pagos pendientes ni esté en proceso de demanda judicial, y
  • la empresa en paro técnico presente la autorización de la JFCA en la Delegación del Infonavit más cercana a su domicilio

Variación de ingresos

Si la compañía en paro técnico no pertenece a las contempladas en el artículo 527 de la LFT, debe acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA) a ratificar el convenio celebrado con sus trabajadores sobre la disminución de sus salarios.

En este caso, el Infonavit podrá otorgar a los acreditados la reducción del pago hasta el 35% del nuevo ingreso salarial, hasta por 12 meses dependiendo la situación financiera de su crédito.

A efecto de lo anterior:

  • el acreditado no puede tener un apoyo de reestructura vigente
  • el crédito no debe estar en proceso de demanda judicial, y
  • el acreditado tiene que presentar el convenio de la disminución de salarios autorizado por la JCA, en la Delegación de Infonavit más cercana a su domicilio

Disminución del factor de pago

El Infonavit ofrece la oportunidad de reducir el factor de pago de las amortizaciones de los créditos de vivienda a aquellos acreditados que tengan al menos dos años laborando con su patrón actual.

El nuevo descuento estará vigente durante el plazo contratado por el acreditado y para recibir este beneficio no debe tener una reestructura vigente ni estar en proceso de demanda judicial.

El interesado tiene que solicitar el otorgamiento de este beneficio ante la Delegación del Infonavit más cercana a su domicilio.

Disminución de pago y tasa

Los trabajadores que ejercieron su crédito a partir de febrero de 2008, con la firma de su escritura dieron la autorización de ajustar semestralmente su tasa de interés y mensualidad de acuerdo con el incremento de su salario.

La revisión para disminuir el factor de pago o tasa se hará semestralmente y la reducción nunca podrá ser menor a la tasa con la que se ejerció el crédito.

Este beneficio se aplicará automáticamente, sin ser necesario que el acreditado se presente a las oficinas de Infonavit.

Ajuste de importe de pago

Los acreditados que manifiesten ante el Infonavit un problema de solvencia económica o salud, que les impida cumplir con el pago de su crédito, pueden solicitar apoyo para disminuir el pago de su crédito.

Para ello, el interesado debe acudir a la Delegación del Infonavit más cercana, solicitar el apoyo y proporcionar sus datos al personal del Instituto para que llenen una solicitud de estudio socioeconómico, la cual se envía a la institución responsable de aplicar dicha evaluación para que en un plazo de 40 días se dé respuesta y, en su caso, se le informe el nuevo monto a pagar acorde con su ingreso familiar.

Facilidades para pagar mensualidades vencidas

Si durante la vida del crédito el trabajador perdió el empleo y por ello tiene hasta 12 meses de adeudo pero ya cuenta con una relación laboral, el Infonavit le da la oportunidad de ponerse al corriente, siempre y cuando tenga los últimos seis meses pagados con su patrón actual y no esté en proceso de demanda judicial.

Con este beneficio se suman al saldo capital del crédito las mensualidades omisas, regularizando la situación del acreditado.

Se aplica automáticamente y el Instituto envía un comunicado informando esta acción al acreditado, quien si no está de acuerdo, puede cancelarlo a través del Infonatel y efectuando el pago de las mensualidades vencidas.

Liquidación anticipada

Este apoyo otorga a los acreditados un porcentaje de descuento por liquidación anticipada de su crédito. Pueden solicitarlo todos aquellos acreditados que no son candidatos a recibir los beneficios de otros descuentos por liquidación como, reducciones del:

  • 30% para créditos originados antes del 31 de julio de 1995, o
  • 10% para acreditados cumplidos con más de 10 años de originación de su préstamo

El descuento se aplica de acuerdo con las características crediticias de cada caso, y puede ser de hasta el 10%.

Apoyo a los acreditados por disminución de salario

Acción Beneficio
Paro técnico Reducción de pago hasta de un 25% durante 12 meses
Variación de ingresos Disminución del pago de hasta el 35% del nuevo ingreso salarial hasta por 12 meses
Reducción del factor de pago Rebaja en el factor de pago que estará vigente durante todo el tiempo contratado por el acreditado
Disminución de pago y tasa Ajuste semestral del factor de pago y tasa de interés, de acuerdo con su salario para los acreditados a partir de febrero de 2008
Ajuste de importe de pago Reestructura de crédito para quien manifieste ante el Infonavit problemas de solvencia económica
Liquidación anticipada Porcentaje de descuento por liquidar anticipadamente el crédito, acorde a las características crediticias de cada caso
Facilidades para cubrir mensualidades vencidas Se suman al saldo del capital las mensualidades omisas, con lo que el Infonavit da la oportunidad de regularizar su situación

Garantía Infonavit documentada

Para refrendar el compromiso del Instituto con los acreditados afectados por la situación económica actual, en su página de Internet está disponible una versión para imprimir del documento donde constan los beneficios señalados, coadyuvando así a que los beneficiados con un préstamo elijan el producto que más se adecue a sus necesidades.

Para acceder a esta constancia, el interesado debe ubicar, en el sitio del Infonavit, el logo de Garantía Infonavit, dar clic en éste, pulsar la opción Imprime tu Garantía Infonavit en el menú de la izquierda y en la página que se despliega oprimir el logotipo de la impresora.

Defensoría del acreditado

Se crea esta figura para garantizar un servicio de calidad, imparcial y transparente, enfocado a ayudar y asegurar que los acreditados reciban los apoyos a que tienen derecho, siempre y cuando cumplan con los requerimientos y especificaciones aplicables, de acuerdo con la situación de su crédito.