Ventajas de dictaminarse

Conozca algunos puntos clave para cumplir con este deber y cuándo nacen sus derechos por haber cumplido con él

El dictamen es el documento elaborado por un contador público autorizado por el Instituto, en el que emite su opinión respecto al cumplimiento de las obligaciones patronales en este ámbito, en los términos establecidos en el Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (Ripaedi).

Este mecanismo no es obligatorio en materia de vivienda, sin embargo es de gran utilidad para los patrones que opten por este esquema, ya que pueden detectar si han incurrido en alguna irregularidad, lo que les permite corregirla oportunamente y obtener con ello diversos beneficios de ahí que la licenciada Esperanza Ramírez Sandoval, Gerente de Programación de Fiscalización del Infonavit dé a conocer sus bondades, las fechas importantes y los requisitos para la entrega del dictamen.

Ventajas

Las empresas al examinar sus cargas ante el Infonavit pueden identificar a tiempo algún error, ya sea humano o de los sistemas y como consecuencia de ello evitar la imposición de sanciones.

Según el artículo 79 del Ripaedi presentar el dictamen concede los siguientes privilegios:

Beneficio Alcance
No ser sujeto de visitas domiciliarias Aplica por el o los ejercicios dictaminados, salvo cuando exista denuncia específica de por los menos un trabajador. Asimismo para que proceda, no debe contener irregularidades, de tal suerte que obligue al Infonavit a ejercer sus facultades de comprobación
No recibir cédulas de determinación de diferencias Solo tiene efectos para el ejercicio dictaminado, a partir de la fecha en que el dictamen sea presentado, siempre y cuando se cumpla con lo siguiente: que los avisos de inscripción y las modificaciones salariales derivadas del informe sean presentados en los formatos autorizados para ello, y que las aportaciones o los descuentos a cargo del patrón, como resultado del escrutinio, estén liquidados en su totalidad, o que en caso de las aportaciones, se hubiese optado por el pago en parcialidades con la respectiva garantía

Es importante mencionar que las prerrogativas se obtienen una vez que el dictamen se presenta en tiempo y no únicamente con la entrega del aviso respectivo.

Presentación del dictamen Infonavit

Es menester señalar que el contribuyente conozca los términos para la entrega del dictamen, así como sus requisitos, de tal manera que reúna con tiempo la documentación necesaria y la entregue en los plazos legales establecidos.

Aviso de presentación del dictamen

Para presentar la opinión por contador público es necesario que el patrón entregue el documento de referencia dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior, es decir, durante los lapsos enero-abril (cuando el ejercicio a dictaminar es el inmediato anterior). Si el informe se refiere a periodos o ejercicios anteriores, puede presentarse en cualquier fecha.

El aviso se presenta en el formato autorizado que está disponible en el Portal del Infonavit, www.infonavit.org.mx, el que debe contar con la firma del patrón o su representante legal y del contador público autorizado. Es necesario verificar que contenga todos los registros patronales a dictaminar, ya que serán estos los únicos acreedores de los beneficios (arts. 59 y 60, Ripaedi).

Entrega del dictamen

Se exhibe en un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la recepción del aviso y, en caso de prórroga, dentro del plazo señalado en el oficio respectivo.

Para la presentación es necesario entregar los siguientes documentos en la delegación regional del Infonavit que corresponda al domicilio fiscal de la empresa:

  • Carta de presentación del dictamen sobre el cumplimiento de las obligaciones con el Infonavit (documento con los datos de identificación del patrón, que incorpora el dictaminador al cuadernillo del dictamen para que lo valide el personal del Instituto)
  • Carátula para presentar el dictamen
  • Modelo de opinión
  • Anexo I Dictamen Anual; Anexo II Bis Dictamen Anual, y Anexo II Dictamen Anual

Con el fin de gozar de las bondades señaladas, se recomienda entregar el aviso respectivo en enero, esperar a que transcurran quince días hábiles para su aceptación y de inmediato entregarlo.

Conclusión

Es de especial relevancia para los patrones el sentido de oportunidad que se brinde a la elaboración y presentación del dictamen, ya que esto repercute directamente en posibles contingencias económicas para aquellos.