Subcontratista obligado a registrar la obra

Sí, está obligado a ello, y debe hacerlo en los primeros cinco días hábiles después de iniciada

La empresa que nos contrató para realizar los acabados en varios locales de un centro comercial que ella edificó nos está solicitando que presentemos ante el IMSS el formato SATIC 01, “Aviso de registro de obra del propietario o contratista”. ¿Estamos obligados a ello?

El contratista es el sujeto obligado a registrar la obra, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos en la subdelegación del IMSS correspondiente a la ubicación de la construcción, mediante el formato referido en su consulta. Ahí debe señalarse: el tipo, el domicilio, los trabajos a realizar y/o la fase; los datos del patrón (RFC, razón social, domicilio fiscal, correo electrónico, entidad federativa, CURP, NRP, código postal y municipio o delegación); la información de la obra (ubicación; periodo de ejecución; clase; licencia de construcción, permiso o manifestación de obra y contrato), así como la explosión de insumos y mano de obra (tanto la total, como la subcontratada) e indicarse las categorías y subcategorías de los trabajadores que participan en la edificación (art. 12, Reglamento del Seguro Social Obligatorio         para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado —ROTC—).

Ustedes al ser una subcontratista de la responsable de la obra únicamente deben llenar el formato SATIC 02, “Aviso de obra subcontratada”. Para tal efecto tienen que ingresar al IMSS Desde su Empresa (IDSE) y en el módulo SATIC dar clic en el menú Registro de Obra y elegir Registro de Obra Subcontratada.

Lo anterior debe realizarse no obstante que la fracción III del artículo 5o. del ROTC señala que los contratistas son quienes deben avisar al IMSS de la subcontratación de parte o partes de la obra. Esto a efectos de evitar algún obstáculo en el desarrollo de los trabajos o la imposición de una sanción por parte del Seguro Social, la cual oscila de 20 a 350 veces el salario mínimo general del DF, esto es de $1,345.80 a $23,551.50 (arts. 304-A, fracc. XXI y 304-B, fracc. IV, LSS).

Además deben:

  • presentar el SATIC 03, “Anexo de incidencia de obra”, el SATIC 05, “Relación mensual de trabajadores”, así como el SATIC 06, “Anexo para informar la subcontratación”
  • avisar, en su caso, de la cancelación de la subcontratación de parte o partes de la obra por medio del SATIC 04, “Aviso de cancelación de subcontratación”, y
  • entregar en el área de Patrones de la Construcción de la subdelegación correspondiente al domicilio de la obra, en dispositivo magnético, la siguiente documentación:
    • presupuesto de obra
    • análisis de precios unitarios
    • explosión de insumos
    • estimaciones preliminares de los componentes de mano de obra
    • contrato y los planos arquitectónicos de la obra, y
    • las autorizaciones, licencias o permisos de construcción, cualquiera que sea el nombre con que se les designe, expedidos por las autoridades federales, estatales o municipales competentes, en su caso