Reorganización del Infonavit

El nuevo reglamento de la institución plantea nuevas facultades para el instituto

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 .  (Foto: IDC online)

El Infonavit es un organismo fiscal autónomo y sus atribuciones están contempladas en el artículo 30 de la Ley del Infonavit, y en el Reglamento Interior del Infonavit en materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo (RIOFA).

El pasado 9 de octubre, la SHCP dio a conocer en el DOF el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo, del cual destaca lo siguiente:

Nuevas facultades

Se faculta al personal del Infonavit para ejercer nuevas atribuciones, por ello se adicionaron diversas fracciones al artículo 3o del RIOFA. Entre las más importantes están:

  • emitir las constancias de situación fiscal respecto de las obligaciones fiscales en materia habitacional de su competencia, a los patrones que lo soliciten; antes hablaba de constancias de cumplimiento de los deberes en materia de vivienda, con esta modificación, se informará sobre el estado general de la situación fiscal del patrón, pudiendo incluir las omisiones en las que hubiese incurrido
  • resolver cualquier recurso administrativo que interpongan los particulares, así como las solicitudes de prescripción y caducidad planteadas por los patrones en los términos del CFF; anteriormente se señalaba que podían resolver los recursos relativos al procedimiento administrativo de ejecución, con la nueva redacción se incluyen aquellos ajenos a éste
  • participar con otras autoridades en el análisis y estudio de propuestas de reformas de aquellas disposiciones legales que tengan impacto en sus actividades en su carácter de organismo fiscal autónomo y como participante en los Sistemas de Ahorro para el Retiro
  • expedir los avisos de retención de descuentos y de suspensión a la retención, y
  • llevar a cabo la enajenación, remate o adjudicación de los bienes embargados y para aplicar el producto al crédito fiscal conforme al orden señalado en el CFF

Más funcionarios

Dentro del personal del Infonavit que puede ejercer las facultades contenidas en el artículo 3o del RIOFA se contempla a los Gerentes:

  • Senior de Fiscalización y Cobranza Fiscal
  • de Cobranza Fiscal Administrativa
  • de Cobranza Fiscal Coactiva
  • de Recaudación y Servicio al Patrón
  • de Administración del Patrimonio Social y Servicios, y
  • del Área Jurídica en Delegaciones Regionales

Asimismo se definen las facultades de cada uno de ellos, según las listadas en el artículo 3o del RIOFA.

Vigencia

Las disposiciones reformadas entraron en vigor el 10 de octubre pasado y de acuerdo con el artículo Segundo Transitorio del Decreto, los asuntos que estén en trámite a esta fecha y que conforme al Decreto sean competencia de otra área, se tramitarán hasta su resolución por el área a la que se le hubiese atribuido la competencia en dicho Decreto.

Asimismo se señala que las referencias y atribuciones otorgadas en reglamentos, decretos, acuerdos, manuales y demás disposiciones a las unidades administrativas que cambian de denominación o desaparecen por virtud del Decreto, se entenderán hechas o conferidas a las unidades administrativas correspondientes conforme a lo establecido en el mismo.