Vigentes nuevos requisitos de trámites IMSS

Conozca los nuevos lineamientos establecidos por la institución en materia de prestaciones

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 .  (Foto: IDC online)

El Seguro Social proporciona a sus derechohabientes y a los beneficiarios de aquéllos, diversas prestaciones en especie como atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria; guarderías y prestaciones sociales, pero también en dinero, entre éstas últimas se encuentran las pensiones, los subsidios, la ayuda para gastos de matrimonio o funeral, y la ayuda por desempleo.

Para poder gozar de esos beneficios, tanto los asegurados como sus familiares deben cumplir con los requisitos señalados en la LSS, sus reglamentos e incluso con los Acuerdos del Consejo Técnico emitidos para tales efectos.

El pasado 17 de julio el IMSS publicó en el DOF el Acuerdo “ACDO.SA2.HCT.280312/86.P.DPES y anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 28 de marzo del presente año, relativo a la aprobación de los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para efectuar diversos trámites por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social”; en las ediciones 283 y 284 del 15 y 31 de agosto respectivamente, en esta misma sección se abordaron los nuevos requisitos a cumplir por quienes soliciten prestaciones como: pensiones por invalidez, cesantía en edad avanzada, vejez, incapacidad permanente, viudez, orfandad y de ascendientes; retiro anticipado; asignaciones familiares; ayudas para gastos de matrimonio y funeral; así como los requerimientos a cumplir por los patrones que celebren con el Instituto un convenio de pago indirecto y reembolso de subsidios.

No obstante, como este Acuerdo también comprende gestiones como el cobro de la pensión por un tercero; préstamo a cuenta de pensión y la comprobación de supervivencia; entre otros, se recomienda consultar el texto íntegro del Acuerdo así como los formatos de las solicitudes para tramitar las prestaciones económicas proporcionadas por el IMSS, disponible en nuestra página de Internet: www.imss.gob.mx, apartado “Herramientas”, opción “Legislación y criterios”, sección “Seguridad Social”, “Acuerdos del Consejo Técnico”, “Acuerdos varios”.

El Acuerdo en comento entra en vigor este 15 de septiembre, por lo que se recomienda que si usted o alguno de sus trabajadores solicita una de las prestaciones económicas contempladas en dicho instrumento, conozcan los requisitos a cumplir a fin de evitar problemas en su realización y el retraso de su otorgamiento.