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Miercoles 19 de Junio de 2013
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Fecha de publicación: 2012-09-03

Corrección patronal ¿opción o deber?

Conozca los puntos clave de esta forma de corroborar el cumplimiento de las obligaciones patronales frente al IMSS

Para investigar el cumplimiento de las obligaciones patronales, el IMSS cuenta con ciertas facultades de comprobación, tales como ordenar y llevar a cabo visitas domiciliarias y revisiones de gabinete, e incluso puede invitar a aquéllos a corregir su situación fiscal (arts. 251, fracc. XVIII, LSS y 178, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización –RACERF–).

La corrección patronal no sólo tiene lugar cuando el Instituto invita a realizarla, sino que también el patrón puede llevarla a cabo voluntariamente; esta forma de fiscalización indirecta, si bien exige una importante carga de trabajo administrativo, proporciona a los patrones corregidos los mismos beneficios derivados del dictamen.

A fin de conocer el procedimiento de la corrección así como las ventajas de efectuarla, a continuación se responden las preguntas más frecuentes sobre este tema.