Notificación de descuento de amortización

Formas mediantes las cuales los patrones se enteran formalmente del inicio de su responsabilidad solidaria res respecto de los créditos de sus trabajadores

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 .  (Foto: IDC online)

Algunos de nuestros trabajadores de nuevo ingreso tienen un crédito de vivienda con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) por tanto deseamos saber ¿a partir de qué momento debemos descontarles las amortizaciones correspondientes?

Existen dos formas mediante las cuales los patrones se enteran formalmente del inicio de su responsabilidad  solidaria respecto del pago de los préstamos de vivienda del personal a su servicio, a saber:

Aviso de Inicio de Retención de Descuentos. Se notifica al patrón cuando alguno de sus trabajadores durante la vigencia de la
relación laboral que los une obtiene un crédito de vivienda, y

Cédula de Emisión Bimestral Anticipada (EBA) o de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones. La emplea el Instituto si se trata de créditos antiguos, esto es, cuando el acreditado ejerció su crédito con otro patrón. En este caso esta cédula hace las veces del aviso de retención

En ambos documentos se señala al patrón obligado los datos de identificación del crédito, así como la cantidad a descontar, la cual puede estar expresada en porcentaje, veces el salario mínimo o cuota fija monetaria. La fecha de inicio de retenciones es el día siguiente a aquél en que el patrón recibe personalmente cualquiera de estos documentos o bien “baja” del IMSS desde su Empresa (IDSE) la EBA respectiva (art. 42 Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit –Ripaedi–).