En el comunicado número 057, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) indica que se levanta la aplicación de la suspensión de labores a estas trabajadoras como consecuencia de la contingencia sanitaria y sólo continua para aquéllas que se encuentren expuestas a un alto riesgo.
Por lo tanto, a partir del 18 de mayo de 2009 deben presentarse a laborar todas las trabajadoras que no realicen alguna de las actividades consideradas como de alto riesgo, es decir, aquellas con potencial elevado de exposición a altas concentraciones de fuentes conocidas o con sospecha de contagio durante procedimientos médicos o de laboratorio mismas que se enlistan a continuación:
- médicos, enfermeras y dentistas, que realizan procedimientos que generan aerosoles en pacientes con sospecha del virus de la influenza A(H1/N1) o que ingresan a los cuartos de los pacientes infectados
- personal de los laboratorios de salud que toman y manejan muestras de pacientes infectados o con sospecha
- paramédicos y técnicos médicos de la emergencia que transportan a pacientes infectados o con sospecha
- médicos forenses que ejecutan autopsias en cuerpos infectados, así como el personal de los depósitos de cadáveres y del mortuorio, y
- choferes de ambulancias, camilleros, personal de dietología y de servicios de intendencia en hospitalización