Condiciones establecidas en contrato

Conforme a la LFT el contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades por el que las partes se obligan a lo expresamente pactado

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 .  (Foto: IDC online)

Somos dueños de una carpintería y pretendemos contratar por destajo a varios carpinteros y barnizadores. Como los precios de nuestros muebles están supeditados a la ubicación del cliente, el tipo de material a utilizar y los acabados de los muebles, deseamos saber cómo podemos establecer en el contrato de trabajo los salarios de estos colaboradores. ¿Qué nos pueden comentar sobre el particular?

Conforme a los artículos 20 y 31 de la LFT, el contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades en el cual las partes (trabajador-patrón) se obligan a lo expresamente pactado en el mismo.

De ahí que al momento de establecer en el contrato individual de trabajo las condiciones laborales que regirán durante la vigencia del vínculo con sus colaboradores, es necesario detallar en la cláusula relativa al salario que la cuantía de éste se determinará por el número de piezas fabricadas (muebles) y que al inicio de cada trabajo asignado se precisará el monto del salario a cubrir por unidad, mismo que deberá ser acorde con el presupuesto autorizado por el cliente del establecimiento (arts. 25, fracción VI y 83 LFT).

A efecto de proporcionar mayor seguridad al patrón, se recomienda que también se plasme en el contrato en comento que los trabajadores tienen la obligación de firmar de conformidad la comunicación patronal del salario y el trabajo asignado.