Baja en el IMSS y despido

La presentación de la baja ante el IMSS genera la presuncíón de la existencia del despido

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 .  (Foto: IDC online)

DESPIDO. CORRESPONDE AL PATRÓN DESVIRTUAR LA PRESUNCIÓN DE SU EXISTENCIA DERIVADA DEL CERTIFICADO DE BAJA DEL TRABAJADOR ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN FECHA PREVIA A LA EN QUE SE UBICÓ AQUÉL, Y ACREDITAR QUE SE DEBIÓ A UNA CAUSA DISTINTA DE LA ADUCIDA COMO DE LA SEPARACIÓN.

Si un trabajador en su demanda manifiesta que fue despedido injustificadamente por el patrón en una fecha determinada, y éste lo niega aduciendo que aquél dejó de presentarse a laborar, pero en el juicio se ofrece como prueba el certificado de baja del trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que aparece que fue dado de baja con una fecha anterior extremadamente próxima a la del supuesto despido, tal circunstancia genera la presunción de la existencia del despido; y, en tal virtud, a efecto de desvirtuarla, el patrón debe acreditar que la indicada baja se debió a una causa distinta al despido alegado.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 490/2009. Domingo Guzmán Vázquez. 11 de junio de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Claudia Gabriela Soto Calleja.

Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXX, Agosto de 2009
Página: 1602
Tesis: I.6o.T.423 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral