Qué aspectos determinan el cese del teletrabajo

Descubre las causas por las que se concluye esa relación laboral según la LFT

Reflexiona antes de renunciar
 Reflexiona antes de renunciar  (Foto: Redacción)

De acuerdo con varios especialistas y consultoras el modelo del teletrabajo ofrece tanto a los empresarios como a los subordinados beneficios que resaltan las capacidades de los empleados; no obstante, previo a su adopción es necesario que se observen las dos caras de la moneda y prever los posibles escenarios a enfrentar.

Una vez expuesto lo anterior, los patrones tienen que responder una pregunta antes iniciar un vínculo laboral bajo ese modelo ¿bajo qué circunstancias podrán dar por concluida este tipo de vínculo de trabajo?

De acuerdo con los numerales 47, 51 y 53 de la Ley Federal del Trabajo las causas por las que concluye una relación laboral de ese tipo son las siguientes.

  • mutuo consentimiento de las partes
  • muerte del trabajador
  • inhabilidad física o metal manifestada por el colaborador, que haga imposible la prestación del servicio
  • rescisión
  • despido injustificado
  • fuerza mayor o caso fortuito que no sea responsabilidad del patrón, o la incapacidad física, mental o muerte de éste último, que ocasione la terminación de los trabajos
  • incosteabilidad notoria y manifiesta de la explotación
  • concurso o quiebra legalmente declarada del patrón