Nueva recomendación de la OIT sobre la economía informal

Contenido de este instrumento internacional, el cual será la base para la formalización de las relaciones de trabajo, por Ancelmo García Pineda, asesor externo de la OIT

Como cada año, en junio se lleva a cabo la Conferencia Internacional del Trabajo del máximo órgano deliberativo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en la ciudad de Ginebra.

En dicha reunión participan los representantes mandantes de los estados miembros de este organismo, los cuales están representados por una comisión compuesta por dos delegados gubernamentales, un delegado empleador y un delegado trabajador, más sus consejeros técnicos respectivos.

Los delegados de los empleadores y los trabajadores se designan de acuerdo con las organizaciones nacionales más representativas de cada uno de estos sectores. Por México, asisten representantes de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concamin), la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y de sindicatos como la Confederación de Trabajadores de México (CTM), la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) y la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) y por supuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Todos los delegados disfrutan de los mismos derechos y pueden expresarse con entera libertad y votar como consideren oportuno. Esta diversidad de puntos de vista no impide que las decisiones se adopten con frecuencia por amplia mayoría de votos, o incluso por unanimidad.

Una de las principales tareas de la conferencia es la de elaborar y adoptar normas internacionales del trabajo, que revisten la forma de convenios y recomendaciones.

En esta ocasión el centro de atención de la conferencia es conocer el proyecto final de una nueva recomendación que busca orientar a nivel internacional el tránsito de la economía informal a la economía formal.

Importancia de la economía informal y sus repercusiones negativas

Representa una manera de acceder a un trabajo decente para aquellas personas que realizan actividades productivas y que carecen de las formalidades de un empleo y los derechos que ello significa.

En la OIT se viene debatiendo este tema desde marzo de 2013, cuando se emitió la convocatoria por parte del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo (CAOIT), quien aprobó un programa de plazos reducidos para llevar adelante las etapas preparatorias de dicha discusión.

Posteriormente siguieron las etapas a nivel internacional de atención y debate según lo anotado en el proyecto de la OIT: “Se solicita a los gobiernos que, en un plazo de tres meses a contar de la recepción del presente informe, y previa celebración de consultas con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, tengan a bien dar a conocer a la Oficina si tienen enmiendas u observaciones que presentar con respecto al texto”.

Dichas observaciones se recogieron en el cuarto y último informe sobre el tema, que CAOIT preparará y someterá a la consideración de la Conferencia Internacional del Trabajo en 2015. El proyecto se denominó: “Facilitar la transición de la economía informal a la economía formal”.

Antecedentes del debate sobre la economía informal

El texto del proyecto de la recomendación de la OIT está basado en las conclusiones adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo al cabo de la primera discusión en su 103a. Reunión celebrada en mayo-junio de 2014. En la propuesta se consideraron las respuestas recibidas al cuestionario que se incluyó en el informe preliminar.

El primer debate puso de relieve la complejidad del tema y la diversidad de situaciones y perspectivas.

Economía informal a nivel mundial

La economía informal absorbe alrededor de la mitad de la fuerza de trabajo mundial frente al empleo asalariado y el empleo independiente, y en todos los sectores de la economía, de acuerdo con los siguientes indicadores:

  • 82% del empleo no agrícola de Asia Meridional
  • 66% en Asia Oriental y Sudoriental (excluyendo  China)
  • 65% en el África Subsahariana
  • 47% en América Latina
  • 45% en Oriente Medio y África del Norte
  • 14% en Europa Oriental y Asia Central, y
  • 91% de las Pyme del mundo son informales, sin contar las microempresas. La incidencia es mayor si se incluyen las microempresas

Economía informal en el mercado del trabajo

En la mayoría de los países:

  • la proporción de mujeres en el empleo informal es superior a la de los hombres en todas las regiones en desarrollo
  • el trabajo independiente representa una proporción mayor; sin embargo el asalariado crece con rapidez 
  • existe una concentración elevada y creciente de jóvenes (mujeres y hombres) en la economía informal (el 60% de los jóvenes empleados en América Latina y el Caribe), y
  • se observa una proporción elevada de los grupos más vulnerables: personas de edad, minorías étnicas, migrantes, etcétera

Efectos de la economía informal

Se identificó en todo el mundo una alta correlación entre la informalidad y:

  • la pobreza, déficits de trabajo decente, vulnerabilidad en el mercado de trabajo e insuficiente creación de empleo en la economía formal
  • el acceso limitado al mercado de trabajo, a las políticas e instituciones de desarrollo empresarial, y a los recursos para el desarrollo
  • la baja productividad y transformación estructural restringida, y
  • la base impositiva reducida y competencia desleal

Resumen de la nueva recomendación en debate

A continuación se presenta un resumen sustantivo de los contenidos del Proyecto de recomendación sobre el tránsito de la economía informal a la formal.

La recomendación cuenta con los apartados de:

  • preámbulo: inicia con una descripción de las consecuencias derivadas de la prevalencia de la economía informal; posteriormente incluye referencias a los instrumentos pertinentes de la OIT y de la Organización de las Naciones Unidas, así como a las conclusiones más relevantes en este ámbito obtenidas en la Conferencia Internacional del Trabajo. Además señala la necesidad de adoptar medidas para facilitar la transición de la economía informal a la formal y explica la finalidad de la recomendación.

También reconoce que la alta incidencia de la economía informal, en todos sus aspectos, representa un importante obstáculo para los principios y derechos fundamentales de los trabajadores (inclusión, protección social y condiciones de trabajo decente); el desarrollo incluyente y para el estado de derecho; asimismo precisa las consecuencias negativas para el desarrollo de empresas sostenibles; los ingresos públicos y el ámbito de actuación de los gobiernos, en particular por lo que se refiere a las políticas económicas, sociales y ambientales; para la solidez de las instituciones y la competencia leal en los mercados nacionales e internacionales

  • objetivos y ámbito de aplicación: consisten en facilitar la transición de los trabajadores y las unidades económicas de la economía informal a la formal, respetando sus derechos fundamentales y garantizando oportunidades de seguridad de sus ingresos, medios de sustento y capacidad empresarial; promoviendo la creación, preservación y sustentabilidad de empleos decentes en la economía formal y dando coherencia de las políticas macroeconómicas (empleo,  protección social, entre otras), todo ello a través de la promoción del trabajo decente.

En la recomendación se definen algunos conceptos fundamentales tales como:

  • economía informal: todas las actividades económicas desarrolladas por los trabajadores y las unidades económicas que (en la legislación o en la práctica) están insuficientemente cubiertos por sistemas formales o no lo están en absoluto. Dentro de éstas no están comprendidas las actividades ilícitas
  • unidades económicas de la economía informal: aquellas que emplean mano de obra contratada y que son pertenecientes a personas que trabajan por cuenta propia, ya sea en solitario o con la ayuda de miembros de sus familias no remunerados o insuficientemente remunerados, y  las cooperativas y unidades de la economía social y solidaria, y
  • empleo informal: el desarrollado por trabajadores por cuenta propia; los empleadores, y los miembros de cooperativas y de entidades de la economía social y solidaria; los subordinados que son familiares, independientemente de que laboren en unidades económicas de la economía formal o informal; los asalariados con empleos informales que prestan sus servicios en compañías (incluso en régimen de subcontratación o en cadenas de suministro) o en hogares como trabajadores domésticos remunerados, y aquellas personas cuyas relaciones de trabajo no están reconocidas o reguladas
  • principios rectores: señala estrategias coherentes e integradas para facilitar la transición a la economía formal. Para ello los estados miembros deben tener en cuenta la diversidad de características, circunstancias y necesidades de los trabajadores y las unidades económicas de la economía informal, así como la necesidad de hacerlo mediante enfoques específicos y considerando los contextos de cada país y sus prioridades en materia de transición a la economía formal
  • marcos jurídicos y de política: se debe adoptar, revisar y hacer cumplir la legislación nacional a efectos de garantizar una cobertura y protección apropiadas de todas las categorías de subordinados y unidades económicas. Igualmente se debe llevar a cabo una evaluación y un diagnóstico adecuados de los factores, las características y las circunstancias de la actividad informal en el contexto de cada nación, a fin de fundamentar adecuadamente la formulación y la aplicación de leyes, políticas y otras medidas destinadas a facilitar la transición a la economía formal
  • políticas de empleo: para alcanzar el objetivo de la creación de empleos de calidad en la economía formal, los estados miembros deben formular y aplicar una política nacional de trabajo que esté en consonancia con el convenio sobre la política del empleo, identificado con el número 122 de 1964; por lo que crear fuentes de trabajo pleno, decente, productivo y libremente elegido debe ser una meta central de su estrategia o plan nacional de desarrollo y crecimiento
  • derechos y protección social: se tienen que adoptar medidas para generar trabajo decente, al igual que respetar, promover y hacer realidad los principios y derechos fundamentales en el trabajo para las personas ocupadas en la economía informal, a saber: la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil, y la supresión de la discriminación en materia de empleo y ocupación
  • incentivos, cumplimiento y control de la aplicación: es imperativo reducir, cuando así corresponda, los obstáculos para la transición a la economía formal, incluidos los relativos al registro, la tributación y el cumplimiento de la legislación.

Los estados miembros están obligados a promover las ventajas de una evolución efectiva a la economía formal y proporcionar incentivos para realizarla, como por ejemplo: mayores financiamientos para la infraestructura, los mercados, la tecnología, los programas de educación y capacitación y los derechos de propiedad, y

  • libertad de asociación y libertad sindical, diálogo social y papel de las organizaciones de empleadores y de trabajadores: es indispensable garantizar que las personas ocupadas en la economía informal disfruten de las libertades de asociación y sindical y ejerzan el derecho de negociación colectiva, incluido el derecho de constituir las organizaciones, federaciones y confederaciones que estimen convenientes, con la condición de observar sus estatutos, de afiliarse a las mismas.

Asimismo se debe crear un entorno propicio para que los patrones y trabajadores ejerzan su derecho de organización y de negociación colectiva y participen en el diálogo social en el marco de la transición de la economía informal a la economía formal

Conclusión

Una recomendación sobre la transición a la economía formal, como la que será aprobada en próximas fechas en la OIT, tiene enormes ventajas, pues es un primer instrumento internacional enfocado a:

  • centrarse en la economía informal en su totalidad
  • indicar una orientación clara para la salida de la informalidad y la transición a la economía formal
  • reflejar las buenas prácticas en materia de transición a la formalidad y, al mismo tiempo, sentar las bases para innovaciones de política, y
  • destacar los valores, las instituciones y la orientación de la OIT para la “otra” mitad de la fuerza de trabajo mundial