Casa de empeño ¿regulada?

Sí, desde 2013 se establecieron lineamientos para la operación de estos negocios para evitar prácticas abusivas

Estoy interesado en realizar una operación con una casa de empeño. He estado revisando y existen muchas ofertas en el mercado, por lo que no estoy seguro a cual acudir.

Para tal efecto, y en aras de proteger al consumidor ¿existe algún registro o regulación especial para este tipo de entes?

En términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y con la finalidad de evitar la publicidad engañosa y abusiva, los métodos comerciales coercitivos y desleales, así como las prácticas y cláusulas abusivas, se establecieron lineamientos para la operación y funcionamiento de las casas de empeño, aplicables desde enero de 2013.

Dentro de esta regulación estarán comprendidos los proveedores que sean personas físicas o sociedades mercantiles, no regulados por leyes y autoridades financieras, que en forma habitual o profesional realicen u oferten al público contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria (art. 65 bis, LFPC).

Para poder operar como una casa de empeño se requerirá obtener la inscripción en el Registro de Casas de Empeño por parte de la Profeco, la cual emitirá una constancia para amparar dicha acción (arts. 65 Bis, 65 bis 1 y 65 Bis 2, LFPC).

Bajo estas disposiciones y ante la opción de desarrollar actividades relacionadas con el ofrecimiento de créditos en los que la garantía sea una prenda, se tendrán que observar las limitaciones y requerimientos exigidos por la LFPC, so pena de incurrir en una infracción administrativa considerada como grave.

A pesar de lo anterior, para saber si un ente está o no compelido a cumplir con el registro señalado por la LFPC, en la celebración de contratos de mutuo o préstamo mercantil, se deberá revisar, si:

estas operaciones se hacen de manera habitual o profesional, es decir, que  constituyan el principal objeto del negocio o de sus actividades

en estos contratos se garantiza la obligación mediante una prenda

De no existir los dos supuestos descritos, no existiría ninguna obligación para que la casa de empeño lleve a cabo dicha inscripción, por lo que en el evento de necesitar obtener un préstamo de dinero mediante una garantía prendaria, es importante contratar con alguna que esté registrada ante la Profeco para avalar que los términos y condiciones han sido revisados por ese órgano, y así dotar de mayor certeza jurídica la operación.