Corte rechaza consulta del PAN sobre salario mínimo

El proyecto del ministro Cossío que avalaba la pregunta solo consiguió cuatro de 10 votos del pleno

El pleno de la SCJN mantiene confidencialidad de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos
 El pleno de la SCJN mantiene confidencialidad de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos  (Foto: Redacción)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó este miércoles la consulta popular presentada por el PAN sobre el salario mínimo, debido a que tiene relación con los ingresos del Estado, uno de los elementos excluyentes –según la Constitución mexicana- de este tipo de ejercicios de participación directa.

El proyecto, que fue rechazado con seis votos de los 10 ministros presentes en el pleno de la Corte, había sido elaborado por el ministro José Ramón Cossío, quien planteaba la autorización de la consulta.

La pregunta que proponía el PAN era: ¿Estás de acuerdo en que la Ley Federal del Trabajo establezca que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos fije un nuevo salario mínimo, que cubra todas la necesidades de una familia para garantizar al menos la línea de bienestar determinada por el Coneval?

La propuesta de consulta del blanquiazul se presentó inicialmente en el Instituto Nacional Electoral (INE), tal y como lo establece la ley. Posteriormente, este organismo remitió la solicitudes de consulta a la SCJN, luego de verificar que contaba con el apoyo de por lo menos el 2% de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores, es decir un millón 541 mil 503 ciudadanos.

Cabe destacar que además de los ingresos estatales no pueden figurar en las consultas populares temas en materia electoral, la restricción de los derechos humanos, la seguridad nacional y la organización de las Fuerzas Armadas.

En un comunicado, la SCJN reiteró que el artículo 35, fracción VIII, apartado 3, de la Constitución, establece que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de derechos humanos reconocidos en la misma carta magna; los principios consagrados en el artículo 40 constitucional; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de las Fuerzas Armadas.

En ese sentido, la mayoría de los ministros estimó que la materia de la consulta planteada por el PAN, entre otros aspectos, incidía en el tema de los ingresos y gastos del Estado, motivo por el cual resulta inconstitucional, precisó el documento de la Corte.