A cuánta PTU tienes derecho

Para la individualización de la PTU, la utilidad a repartir se divide en dos partes iguales

Los nuevos impuestos gravaran a la comida chatarra, refrescos, transporte, ganancias en la bolsa, etc
 Los nuevos impuestos gravaran a la comida chatarra, refrescos, transporte, ganancias en la bolsa, etc  (Foto: Redacción)

La base de pago de las utilidades y porcentaje que las empresas repartirán a los trabajadores debe de ser del  10% de la renta gravable que determine con base en las disposiciones de la LISR.

Para la individualización de la PTU, la utilidad a repartir se divide en dos partes iguales, la primera se distribuye de acuerdo con los días laborados por el personal y la segunda según los salarios percibidos en el ejercicio.

Días considerados para el reparto

  • los de incapacidad pre y postnatales, así como de riesgo de trabajo, incluidos los de trayecto
  • permisos con goce de salario por nacimiento, matrimonio, entre otros
  • festivos, descansos semanales, vacaciones, y
  • permisos para el desempeño de comisiones sindicales, como la de participación de utilidades, seguridad e higiene, revisión de contratos y de salario, etcétera

Días que no se consideran para el reparto

Las incapacidades por enfermedad general, los permisos sin goce de salario y las faltas injustificadas no se consideran para el reparto de utilidades, pues son causas de suspensión de la relación laboral

Base salarial para el reparto

La cuota diaria en efectivo percibida por los subordinados a cambio de sus servicios, cuyo monto depende del tipo de ingreso que reciba:

  • salario fijo: cuota diaria; se fija en el contrato individual o colectivo de trabajo. De esta base deben excluirse las cantidades recibidas por trabajo extraordinario, las gratificaciones, percepciones y demás conceptos referidos en el numeral 84 de la LFT
  • salario variable: los ingresos por unidad de obra o las comisiones. La base es el promedio de las percepciones obtenidas en el año fiscal materia de reparto de utilidades. Para tal efecto se debe considerar el salario anual del trabajador de que se trate y dividirlo entre el número de días laborados en el año
  • jornada y semana reducida: en el primer supuesto deben sumarse las horas trabajadas hasta llegar a la cantidad equivalente a una jornada legal convencional para considerarlo como día trabajado.