La finalidad del reglamento se reorienta, toda vez que las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo deben observarse para prevenir riesgos, y garantizar el derecho de los trabajadores a desempeñar sus actividades en un entorno adecuado.
El proyecto que estamos comentando incorpora un importante número de nuevos conceptos, entre los que destacan:
- acciones preventivas y correctivas: aquellas que se establecen a partir del diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo
- condiciones inseguras: las derivadas de la inobservancia de los procedimientos o las medidas de seguridad
- condiciones peligrosas (ahora actividades): las inherentes a las instalaciones, los procesos, la maquinaria o el equipo
- diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo: la identificación de las condiciones inseguras o peligrosas
- evaluación de la conformidad: la determinación del grado de cumplimiento de las NOM’s
- factores de riesgo ergonómico: los que pueden conllevar un sobre esfuerzo físico, movimientos repetitivos o posturas forzadas en el trabajo, desarrollado fatiga, errores o accidentes
- factores de riesgo psicosocial: los que provocan trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia, y estrés
- riesgo: la correlación entre la peligrosidad de uno o varios factores y la exposición del personal
- violencia laboral: actos de hostigamiento, acoso o malos tratos en contra del trabajador, que pueden dañar su integridad y/o salud
Como se sabe, la aplicación del reglamento corresponde a la STPS, dependencia que en esta materia tiene las siguientes facultades:
- formular la política pública de seguridad y salud en el trabajo
- vigilar el cumplimiento de las disposiciones en esta materia
- diseñar, coordinar, ejecutar y evaluar programas y campañas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo
- emitir las NOM’s para la evaluación de la conformidad
- emitir reconocimientos a las empresas que comprueben la observancia de sus obligaciones
- actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de incapacidades
- suscribir convenios de colaboración