Tema | Sinopsis | Publicación | |
DOF | IDC | ||
Convenio de revisión integral de fecha 6 de diciembre de 2011, firmado por los representantes de más de los dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de patrones afectos al Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Listones, Elásticos, Encajes, Cintas y Etiquetas Tejidas en Telares de Tablas Jacquard o Agujas de la República Mexicana | Se incrementaron un 4% los salarios de los trabajadores, ya sean los fijos, a destajo, por tarea, por eficiencia y derivados de convenios singulares superiores, así como de los llamados “banderazos” donde los hubiese. Quedando su salario mínimo en $133.01 diarios. El aumento se otorgó con un tope de $334.42 diarios, pues el personal que perciba esta cantidad o una superior, tuvo un incremento total de $13.38 por jornada legal trabajada. A este contrato se le dio una vigencia retroactiva, desde el primer turno del 9 de diciembre de 2011 | 21-12-11 | S/P |
Convenio de revisión salarial de fecha 20 de enero de 2012, firmado por los representantes de más de los dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de patrones afectos al Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de la Lana | Todos los salarios y tarifas incluidos los salarios de los convenios singulares, así como los banderazos donde los hubiese, aumentaron en un 4.5%. Por ello el nuevo salario mínimo de este ramo es de $125.90 | 03-02-12 | 272 29-02-12 pág. 14 |
Convenio de revisión integral de fecha de 8 de febrero de 2012, firmado por los representantes de más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de patrones afectos al Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de la Seda y Toda Clase de Fibras Artificiales y Sintéticas | Se pactó desde del primer turno del 9 de febrero de 2012, un aumento del 4.5% a los salarios, ya sean fijos, a destajo, por tarea, por eficiencia y derivados de convenios singulares superiores, así como los llamados “banderazos” donde los hubiese. Por ende el salario mínimo asciende a $143.73 | 23-02-12 | 274 31-03-12 pág. 06 |
Convenio de revisión salarial de fecha 12 de febrero de 2012, firmado por los representantes de más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de patrones afectos al Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados | Se convino un incremento de un 5%, aplicado al salario por día, a destajo, a minutos de especificación o de cualquier otra índole, el cual entró en vigor el 13 de febrero | 23-02-12 | 274 31-03-12 pág. 06 |
Convenio de revisión integral de fecha 15 de octubre de 2012, firmado por los representantes de más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de patrones afectos al Contrato Ley de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana | Destaca el aumento del salario de los trabajadores afectos a este ramo industrial en un 6.2%, desde el 16 de octubre de 2012, ya sean fijos, a destajo, por unidad de obra o cualquier otra cantidad que el trabajador obtenga en su jornada de modo regular, así como cualquier prima que en virtud del mismo le sea cubierta | 29-10-12 | 290 30-11-12 pág. 14 |
Convenio de revisión salarial de fecha 9 de octubre de 2012, firmado por los representantes de más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y de patrones afectos al Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto | Se reconoce un incremento salarial del 4%, desde del primer turno del 11 de octubre de 2012, ya sean fijos, a destajo, por tarea, por eficiencia y derivados de convenios singulares superiores, así como de los llamados “banderazos” donde los hubiese. Consecuentemente el salario mínimo queda en $139.47 | 29-10-12 | 290 30-11-12 pág. 14 |