Valor de las pruebas: calidad vs cantidad

Lo importante es la idoneidad, la confiabilidad y la eficacia probatoria del material ofrecido por los contendientes

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 .  (Foto: IDC online)

PRUEBAS, VALOR DE LAS. NO DEPENDE DE SU CANTIDAD SINO DE SU CALIDAD. No es la cantidad de pruebas que se ofrezcan para acreditar un hecho controvertido, lo que conduce a considerar la veracidad del mismo, sino la idoneidad, la confiabilidad y la eficacia probatoria del material ofrecido por los contendientes.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo directo 359/94. Ferrocarriles Nacionales de México. 17 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario José de Jesús Murrieta López.

Amparo directo 744/96. David González Espinoza. 21 de mayo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente Andrés Cruz Martínez. Secretario Miguel Ángel Regalado Zamora.

Amparo directo 266/2002. José Ernesto Martínez García. 11 de septiembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario Rubén Tomás Alcaraz Valdez.

Amparo directo 1052/2009. José Arturo Martínez Álvarez. 3 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario José de Jesús Murrieta López.

Amparo directo 828/2011. Karina Rayas Ríos. 26 de octubre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario José de Jesús Murrieta López.

Nota: Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro IV, Tomo 5, enero de 2012, página 4158, se publica nuevamente con la clave o número de identificación correcto.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Décima Época, Libro V, p. 2187, Materia Laboral, Tesis: III.1o.T. J/79 (9a.), Jurisprudencia, Registro 160271, febrero de 2012.