El día de la raza sí se trabaja

El 12 de octubre no es de descanso obligatorio; pero algunas empresas lo contemplan como día de asueto en sus contratos de trabajo

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 .  (Foto: IDC online)

El próximo viernes 12 de octubre se conmemora un aniversario más del descubrimiento de América. Por alguna razón, muchas personas consideran que este día es de descanso obligatorio, sin embargo, esto no es así.

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) no otorga el carácter de festivo a dicha fecha, por tanto los subordinados deben presentarse a laborar, pues de no hacerlo, sus patrones válidamente pueden dejar de cubrirles los salarios correspondientes (art. 82 LFT).

Adicionalmente, las compañías pueden considerar tal ausencia como falta injustificada y sumarla a otras que hubiesen generado sus colaboradores, para así configurar la causal de rescisión prevista en el artículo 47, fracción X de la LFT: acumular más de tres faltas injustificadas, es decir de cuatro en adelante, en un lapso de 30 días.

No obstante, algunas organizaciones reconocen esas fechas como días de asueto en sus contratos individuales o colectivos de trabajo; sus políticas de prestaciones y beneficios, o bien, en sus reglamentos interiores de trabajo, en cuyo caso si se requirieron los servicios de los trabajadores en el “día de la raza” les deberán pagar un salario doble adicional al que ordinariamente perciben (art. 75 LFT).