Cómo obtener la nacionalidad mexicana

Se dan a conocer los formatos y requisitos necesarios para realizar el trámite de nacionalidad y naturalización

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 .  (Foto: IDC online)

En el DOF del 25 de mayo de 2010, se dan a conocer las formalidades necesarias para que los particulares efectúen los trámites de nacionalidad y naturalización, así como los siguientes formatos y sus instructivos de llenado

Las solicitudes son de distribución gratuita y libre reproducción, siempre que no se altere su contenido y serán de uso obligatorio a partir del 26 de mayo de 2010.

Los formatos y sus instructivos de llenado correspondientes, serán tamaño carta y se imprimirán en hoja blanca de papel bond.

Con la entrada en vigor de este Acuerdo, se abroga el publicado en el DOF del 15 de diciembre de 2005 por el cual se habían dado a conocer los formatos DNN-1, DNN-2, DNN-3, y DNN-4.

Requisitos generales 

 

  DNN-1 DNN-2 DNN-3 DNN-4
Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles N/A
Presentar original y dos fotocopias de la solicitud debidamente requisitada y firmada
Entregar dos fotografías iguales recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.) con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta N/A
Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original y fotocopia
Presentar original y dos fotocopias de una identificación oficial vigente con fotografía, entre otras el pasaporte mexicano, la credencial de elector, la cédula profesional, la cartilla del Servicio Militar Nacional,  el certificado de matrícula consular y la cédula de identidad ciudadana (1) N/A
Manifestar bajo protesta de decir verdad que la información proporcionada para realizar el trámite es correcta y concuerda con la documentación presentada para el mismo fin N/A

 

(1)  Se podrá presentar alguna identificación oficial expedida por autoridad del país que también lo reconozca como su nacional

Requisitos específicos

Para solicitar el certificado de nacionalidad mexicana

  •  Exhibir copia certificada y una fotocopia de su acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano. Si el interesado nació en el extranjero, podrá exhibir copia certificada y una fotocopia del acta de nacimiento expedida por los consulados o por la sección consular de las representaciones diplomáticas de México en el exterior o copia certificada expedida por la oficina del registro civil mexicano de la inserción de su acta de nacimiento extranjera. En el caso de los nacidos en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional, además deberá presentar copia igualmente certificada y una fotocopia del acta de nacimiento o copia del certificado o declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento del padre o madre. En el caso de los nacidos en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, adicionalmente deberán presentar copia certificada y una fotocopia de la carta de naturalización del padre o madre, expedida con anterioridad a su nacimiento.
  • Formular por escrito las renuncias y protesta que establece el artículo 17 de la Ley de Nacionalidad, y

Para solicitar la expedición de declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

  • Exhibir copia certificada y una fotocopia de su acta de nacimiento expedida por la oficina del registro ivil mexicano.

Si el interesado nació en el extranjero, podrá exhibir copia certificada y una fotocopia del acta de nacimiento expedida por los consulados o por la sección consular de las representaciones diplomáticas de México en el exterior o copia certificada expedida por la oficina del registro civil mexicano de la inserción de su acta de nacimiento extranjera.

  • Exhibir original y fotocopia del documento con el que acredite que otro estado lo reconoce como su nacional, expedido antes del 20 de marzo de 1998, el cual deberá estar debidamente legalizado por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición, o en su caso, apostillado por la autoridad competente, así como traducido al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. Tratándose de los Certificados de Naturalización expedidos por el Gobierno de los Estados Unidos de América antes del 20 de marzo de 1998, los interesados deberán cumplir con el requisito, para lo cual en el Acuerdo publicado en el DOF se presentan dos procedimientos opcionales.

Para solicitar la carta de naturalización

  •  Presentar original y dos fotocopias de los siguientes documentos:
    • de todas las páginas del documento migratorio vigente, incluidas las pastas, con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por Segob, con el que el interesado acredite su legal estancia y, en consecuencia, la residencia en el país durante, uno, dos o cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, dependiendo de la modalidad seleccionada, el cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses, posteriores a la presentación de la solicitud y del documento migratorio deberá desprenderse la CURP
    • del acta de nacimiento extranjera, debidamente legalizada o apostillada y traducida al español. Se podrá exceptuar de este requisito al solicitante que la Secretaría de Gobernación considere como refugiado.
    • los documentos de procedencia extranjera que se presenten dentro de los procedimientos y trámites contemplados por la Ley de Nacionalidad y su Reglamento, deberán estar debidamente legalizados y traducidos al español
    • de todas las páginas del pasaporte extranjero, incluidas las pastas o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes
    • de un escrito bajo protesta de decir verdad en el que se señale con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en el término de uno, dos o cinco años, según corresponda, para el cómputo de ausencias, a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Nacionalidad
    • de la constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local, dependiendo del lugar de su residencia
  • Acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional, para lo cual deberá presentar y aprobar los exámenes correspondientes. Tratándose de refugiado, de menores de edad y personas mayores de 60 años, será suficiente que acrediten saber hablar español

La residencia en territorio nacional se acreditará con el documento migratorio del inmigrante o inmigrado expedido por Segob, con excepción de los solicitantes a los que la Secretaría de Gobernación considere refugiados.

Además de los requisitos anteriores, el interesado en obtener la nacionalidad mexicana por naturalización deberá cumplir con los requisitos específicos, dependiendo de la modalidad seleccionada:

  • por residencia
  • por ser descendiente en línea recta de un mexicano por nacimiento
  • por tener hijos mexicanos por nacimiento
  • por ser originario de un país latinoamericano o de la península ibérica
  • por haber prestado servicios o realizado obras destacadas en materia cultural, social, científica, técnica, artística, deportiva o empresarial que beneficien a la nación
  • por haber contraído matrimonio con varón o mujer mexicanos
  • por estar sujeto a patria potestad o ser hijo adoptivo de mexicanos
  • por haber estado sujeto a patria potestad o ser hijo adoptivo de mexicanos