¿Comisiones extras a las contratadas?

Revise el contrato de su tarjeta de crédito, podría contemplar el pago de comisiones inclusive hasta por no usarla

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 .  (Foto: IDC online)

Lo último en lo que se piensa al contratar una tarjeta de crédito es en la generación de las distintas comisiones que la institución otorgante cobrará por su uso, sea por la adquisición de bienes y/o servicios, o por disposición en efectivo; menos aún por pagos tardíos o en el peor de los casos, por no pagar en el plazo establecido.

En virtud de ello, es importante revisar el contenido del contrato respectivo antes de adquirir la tarjeta de crédito, o si ya lo hizo, revíselo minuciosamente, pues se puede encontrar con el cobro de comisiones impensables, de las que el promotor de la institución jamás le habló: comisión por apertura, reposición, anualidad, no usar la tarjeta, aclaración improcedente, o intento de sobregiro, entre otras.

Por lo anterior, es indispensable verificar las comisiones a las que está sujeta la tarjeta contratada, pues existen diversas y por diferentes conceptos, mismas que son detalladas en el contrato respectivo, por lo que es importante estudiarlo para saber qué conceptos representan cargos en la tarjeta; asimismo, debe conocer cómo funciona la tarjeta de crédito y estar al pendiente de las tasas de interés ordinaria y moratoria por no realizar oportunamente los pagos; de esta manera podrá utilizarla adecuadamente y así evitar sorpresas

 

Fuente: http://www.condusef.gob.mx/