Ley antilavado: respeta libertades constitucionales

Sus normas buscan el bienestar del Estado, así lo señaló la Corte

Modificaciones a las reglas de la ley contra el lavado de dinero (Foto: Notimex)
 Modificaciones a las reglas de la ley contra el lavado de dinero (Foto: Notimex)  (Foto: Redacción)

Por Aglaé Ordoñez

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las restricciones de usar efectivo para pagar o liquidar diversas actividades por ciertos montos, así como las obligaciones relacionadas con recabar información y dar los avisos respectivos, contenidos en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, no violan el derecho a la libertad de trabajo y de comercio, además de que tampoco impiden el desarrollo económico y bienestar general del Estado.

Aunado a que los preceptos legales referidos no violentan libertades económicas personales, la Segunda Sala indicó que las medidas legislativas impuestas por esas normas obedecen a un fin constitucional legítimo, además de ser idóneas y no desproporcionadas en comparación con los beneficios alcanzados al evitar que se fortalezcan las estructuras de la delincuencia organizada con los recursos que genera.

Asimismo, determinó que no se transgrede el artículo 5o Constitucional, porque los deberes de la ley antilavado controvertidos no prescriben la prohibición para desarrollar un trabajo personal, pues no están dirigidas a un individuo determinado, sino solo representan una función de colaboración con el Estado, con la finalidad de conseguir un solo objetivo: el beneficio social.

Dichos argumentos quedaron plasmados en la tesis de rubro PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. LA LEY FEDERAL RELATIVA NO VIOLA EL DERECHO A LA LIBERTAD DE TRABAJO Y DE COMERCIO, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Jurisprudencia 2a./J.106/2015 (10a.), Materia Constitucional, agosto de 2015.