Nuevas reglas de cobranza entran en vigor en 2015

Las instituciones financieras tienen menos de 3 meses para adecuar sus contratos con los despachos

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 -  (Foto: Redacción)

México (Notimex).- Las instituciones financieras tienen menos de 90 días para cumplir las obligaciones establecidas en las nuevas reglas que deben observar los despachos de cobranza, precisó la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Emiten reglas para despachos de cobranza

Las instituciones financieras deberán adecuar los contratos de prestación de servicios que suscribieron con sus despachos de cobranza con anterioridad, a efecto de que estos y su personal cumplan con la nueva reglamentación, mencionó el organismo.

Tan solo en el periodo de enero-agosto de 2014, la Comisión precisó que del total de acciones de defensa, el sector de banca múltiple registró el 87.92% de las quejas.

La institución bancaria que reporta el mayor número de acciones de defensa iniciadas en el mismo periodo es Banamex, con 32.60%; en segundo lugar BBVA Bancomer, con 19.74%; seguido de Santander (11.86%); Banorte (7.88%); HSBC (7.82%) y Banco Azteca (6.65%).

En ese sentido, precisó que entre las condiciones y actos que los despachos de cobranza contratados por los bancos deberán cumplir se encuentran: identificarse plenamente; dirigirse al deudor de manera respetuosa; comunicarse o presentarse entre las 07:00 y hasta las 22:00 horas.

De igual forma, no podrán utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas; no deben amenazar, ofender o intimidar al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.

Tampoco podrán realizar gestiones de cobro a terceros, incluidas las referencias personales y beneficiarios, con excepción de deudores solidarios o avales; no enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales, u ostentarse como representante de algún órgano jurisdiccional o autoridad.

Los despachos también evitarán establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones, o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los deudores.

Las entidades financieras y los despachos de cobranza que incumplan con lo previsto en estas disposiciones podrán ser objeto de multas que van desde los 13,458 pesos, hasta los 134,580 pesos.