Formulando el aviso de privacidad

Antes de recabar los datos personales de los clientes

De acuerdo a las normas de protección de datos personales ¿cuándo y cómo se exhibe el aviso de privacidad?

Conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), el aviso de privacidad es el documento puesto a disposición del titular, previo al tratamiento de sus datos personales, con la finalidad de darle a conocer qué información se está recabando y con qué fines se está haciendo (art. 15).

Este documento se puede elaborar en formatos impresos, digitales, visuales, sonoros o de otra tecnología y se debe poner al alcance del titular cuando sus datos personales se adquieran directamente, conforme a lo siguiente (art. 17, LFPDPPP):

  • personalmente, será facilitado en el momento en que se recabe la información de forma clara y fehaciente, a través de los formatos por los que se recolecten (salvo que se hubiese facilitado el aviso con anterioridad)
  • por medios electrónicos, ópticos, sonoros, visuales u otra tecnología, el aviso se proporcionará de manera inmediata, al menos la información relativa a la identidad y domicilio del responsable, así como las finalidades del tratamiento, y además se proveerán los mecanismos para que accedan al texto completo del documento en comento