A partir del próximo 22 de diciembre, los bancos emisores de tarjetas de crédito deberán permitir que los titulares de las mismas “domicilien” su pago en cuentas de depósito o de inversión en cualquier otra institución, de acuerdo con una circular del Banco de México (Banxico) publicada este lunes en el Diario Oficial de la Federación.
Así, si tienes una tarjeta de crédito de un banco, pero tienes una cuenta de ahorros o de inversión en un banco distinto, el pago de la primera podrá hacerse en automático a partir de los recursos que poseas en esta última, siempre y cuando así lo solicites a la institución emisora del crédito
Por otro lado, en estos cambios el Banxico incluyó la posibilidad de que los excedentes del pago en tarjetas de crédito se apliquen a los saldos insolutos de la misma.
En caso de que el pago realizado al plástico sea mayor al mínimo correspondiente, y si el crédito tiene un esquema diferenciado de tasas de interés, el excedente del pago mínimo deberá aplicarse “a la amortización del saldo insoluto de la parte revolvente con la tasa más alta”.