Reiteran que las ventas atadas están prohibidas

La Condusef aseguró que realizar esa práctica podría tener sanciones de los 4,000 y hasta los 20,000 salarios mínimos

Mediación a tasa cero de IVA
 Mediación a tasa cero de IVA  (Foto: Redacción)

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) reiteró que las ventas atadas en la contratación de algún servicio financiero quedaron prohibidas desde el pasado 10 de abril, derivado de la reforma financiera.

“Estas prácticas serán sancionadas en términos de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de Servicios Financieros, su incumplimiento podría tener una sanción que iría desde los 4,000 y hasta los 20,000 salarios mínimos,” precisó el organismo en un comunicado.

Asimismo, mencionó que las instituciones financieras deberán contar con procedimientos de comercialización claros, indicando los costos y coberturas necesarias, a fin de que los usuarios puedan comparar productos.

Señaló que con la medida se busca estimular la competencia entre los prestadores de servicios y fomentar la transparencia entre instituciones.

A continuación te presentamos algunos productos que tendrán que verificar las instituciones financieras, de acuerdo con la Condusef:

  • Cuentas de Depósito. En la contratación de un crédito, podrás señalar como cuenta para el pago, la que tengas con otro banco.
  • Pagaré liquidable al vencimiento. Al contratar el instrumento de inversión, ya no se podrá condicionar a la apertura de una cuenta de depósito como cuenta eje

Sin embargo, el banco deberá aperturar una cuenta de cargo sin costo y cuyo único fin sea abonar y retirar de la inversión.