Regularización de venta de acciones

Sí, aunque es una situación que debe regularizarse en una asamblea general de accionistas

Asesoro a un accionista de una sociedad anónima, quien consideró conveniente aumentar su participación en el capital social, por lo que celebró un contrato de compraventa con otro de ellos, pero sin tomar la opinión de los demás socios ni hacerlo de su conocimiento, aun cuando en los estatutos se estipuló el derecho del tanto en la proporción guardada en el citado capital.

Hemos hablado con los miembros de la sociedad y no tienen inconveniente ni se oponen al referido acto jurídico, pero dada la cláusula comentada ¿cómo se podría regularizar la situación?

Lo procedente en su caso sería celebrar una asamblea general de accionistas para tratar algún asunto (por ejemplo la aprobación de los estados financieros o los emolumentos para los administradores), y en ella, al efectuar el escrutinio respectivo, solamente aparezcan las personas que cuenten todavía con acciones dentro de la sociedad.

Inmediatamente después, como uno de los puntos del orden del día se puede indicar la situación actual del capital social, y en el desarrollo de los mismos se indica por parte de los socios que ratifican su renuncia al derecho del tanto realizada anteriormente de manera verbal en la fecha de celebración del acto jurídico, y su conformidad con el contrato de compraventa celebrado entre su cliente y el otro socio, con lo que ya no podrían ejercer posteriormente alguna acción de nulidad. Finalmente, es necesario asentar el cambio aludido en el libro de accionistas.