No habrá cobertura ilimitada en seguros de gastos médicos

Desde el próximo 7 de abril las aseguradoras deben establecer en las pólizas sumas determinadas

No más cobertura ilimitada en seguros de gastos médicos
 No más cobertura ilimitada en seguros de gastos médicos  (Foto: Redacción)

Los seguros de gastos médicos ya no podrán ser adquiridos o renovados con coberturas ilimitadas, debido a que –a partir del próximo 7 de abril- las aseguradoras deben señalar en las pólizas sumas determinadas, de acuerdo con dos Circulares Modificatorias de la Única de Seguros, publicadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) en abril y mayo de 2012.

De manera específica, la Circular Modificatoria 10/12 de la Única de Seguros, vigente desde el 12 de abril de 2012, establece que “los productos de seguros de gastos médicos deberán establecer sumas aseguradas limitadas, esto es, en todos los casos deberá definirse como suma asegurada una cantidad determinada” en algún tipo de moneda.

Esta disposición será obligatoria para las compañías de seguros a partir del 7 de abril próximo, aunque desde el 9 de octubre de 2012 las aseguradoras debían registrar en la CNSF los nuevos productos con los que sustituirán las pólizas ilimitadas.

Cabe destacar que la CNSF emitió en mayo del año pasado una Aclaración a la Circular 10/12 en la que se establece que las pólizas vigentes hasta el 12 de abril de 2012, deben renovarse con sumas limitadas a partir del 7 de abril de 2013, a menos que “se haya pactado contractualmente la renovación automática o la renovación garantizada” de las mismas, lo que podría interpretarse como que queda abierta la posibilidad de conservar pólizas ilimitadas.

Sin embargo, un funcionario de la CNSF consultado por IDConline, que pidió no ser identificado, explicó que esa alternativa no es posible, pues la intención de la autoridad es el que sólo existan coberturas limitadas.