Legitimación para exigir en SM

Si se reclama la entrega de información mensual, el comisario de la sociedad mercantil carece de legitimación pasiva

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 .  (Foto: IDC online)

SOCIEDAD MERCANTIL. CARECE DE LEGITIMACIÓN PASIVA CUANDO SE RECLAMA LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN MENSUAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 166, FRACCIÓN II, DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES. De la lectura del artículo 166, fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se advierte que el comisario tiene la facultad de exigir a los integrantes del consejo de administración la información financiera mensual correspondiente para que aquél realice las funciones propias de su encargo. En ese sentido, si el actor en su carácter de comisario de la sociedad mercantil demandada consideró que el órgano de administración respectivo incumplió con la obligación que le impone la fracción II del artículo 166 del ordenamiento legal citado; entonces, la legitimación pasiva corresponde a todos y cada uno de los integrantes de dicho consejo de administración, por ser éstos los obligados a entregar la documentación que solicita y no a la sociedad mercantil como ente.

Fuente:SJFG, Décima Época, Libro VIII, Tomo 2, p. 2113, Materia Civil, I.3o.C.17 C (10a.), Tesis Aislada, Registro 2,000,904, mayo de 2012