Comodatarios solidarios

A través de un convenio al contrato de comodato en el que se incluya a este nuevo ocupante, quien tendrá la figura de comodatario solidario

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 .  (Foto: IDC online)

Celebré un contrato de comodato de un bien inmueble ubicado en el DF con una persona que lo habitaría sola, pero me indica que a partir de este momento vivirá con su pareja, por lo que me ha avisado dicha circunstancia.

Yo no tengo ningún inconveniente respecto al cambio de la situación personal de la comodataria, pero me pregunto si hay alguna forma de ajustar el contrato de manera que pueda cubrir algún daño o perjuicio causado por quien ahora también ocupará el bien.

Se me ha ocurrido hacer una modificación al contrato poniéndolo a él como testigo, para que así firme la modificación referida y yo pueda acreditar el conocimiento de esta persona del contrato previo con la comodataria. ¿Es procedente mi idea?

Que esta persona firme un documento modificatorio al contrato con la comodataria no traería ninguna consecuencia legal, pues un testigo no queda obligado a cumplir con las cláusulas de un contrato. Lo más conveniente en sí es celebrar un convenio al contrato de comodato, pero en el cual se incluya a este nuevo ocupante del inmueble como comodatario solidario, quien en términos de la legislación civil, en específico, del Código Civil para el DF (CCDF), quedaría obligado de manera solidaria a cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato y acorde con las cuales la comodataria originaria quedó constreñida (art. 2510, CCDF).