Corredores de inmuebles: en sus marcas

Ya existe una regulación específica para los agentes que venden o promocionan este tipo de bienes

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 .  (Foto: IDC online)

A fin de ordenar el trabajo y generar un registro de empresas o agentes inmobiliarios, así como para dar mayor seguridad jurídica a quienes contratan los servicios de estos profesionales, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial capitalina el pasado 23 de agosto.

La norma considera como servicios inmobiliarios los siguientes:

  • promoción, los relacionados con el desarrollo de proyectos inmobiliarios
  • comercialización o intermediación, los relacionados con la compra, venta o arrendamiento de un inmueble
  • administración, los relacionados con la gerencia de un inmueble, en renta o en condominio
  • consultoría, las actividades especializadas que sirven de apoyo al resto de las actividades inmobiliarias

La autoridad responsable del registro y acreditación de los profesionales inmobiliarios será la Secretaría de Desarrollo Económico, la cual publicará en su sitio de Internet el padrón de profesionales con registro.

Otros aspectos contemplados en la Ley son:

  • el procedimiento para el registro y acreditación de los Corredores o Corredoras inmobiliarios se contendrá en el reglamento respectivo, el cual deberá expedirse dentro de los 90 días hábiles siguientes a la publicación de la ley. El registro y acreditación serán exigibles a partir del 24 de agosto de 2013. Mientras tanto, los corredores o corredoras inmobiliarios que a la fecha realicen actividades inmobiliarias, deberán iniciar los trámites y procedimientos necesarios para obtenerlos
  • se establecen programas de capacitación y actualización de dichos profesionistas
  • se propone un código de ética que contenga una serie de principios y directrices encaminados a orientar la prestación de los servicios profesionales inmobiliarios