Legislación: ¿Civil o Mercantil?

Como se trata de una prestación de servicios la norma aplicable es el Código Civil

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 .  (Foto: IDC online)

Llevo muchos años dedicada al hogar, pero recientemente el dueño de una empresa comercializadora de diversos bienes me invitó a ser su consultora externa.

Uno de mis familiares me aconseja revisar la legislación mercantil, mientras otro me sugiere leer el Código Civil, puesto que yo no soy comerciante. Me queda claro la independencia laboral que tendría pues no sería su trabajadora, sino su prestadora de servicios, sólo es que desconozco cuál legislación consultar, y en caso de ser el Código Civil, si sería el Federal o el del DF, lugar donde se encuentra la empresa de contacto para la consultoría. ¿Cuál es la norma aplicable?

El Código de Comercio (CCom) incluye en uno de sus numerales que quienes accidentalmente con o sin establecimiento fijo, hagan alguna operación de comercio, aunque no son en derecho comerciantes, quedan sujetas por ella a las leyes mercantiles (art. 4o del C.Com).

No obstante, dicho Código nada dice respecto a la prestación de servicios, que además no es un acto de comercio. Por ello, si en un primer momento parece que la legislación aplicable es la mercantil, en realidad debe acatarse el Código Civil, y en este caso el del DF.