Capital extranjero, se registra

Conozca las actividades que realiza el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, que depende de la Secretaría de Economía

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 .  (Foto: IDC online)

Las empresas tienen registros relacionados con los inmuebles y con el comercio, pero hay un tercero que se enfoca en contabilizar los capitales extranjeros, el cual es el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE), que como parte del gobierno federal lleva anotaciones y da seguimiento a los flujos de inversión extranjera en México. El Registro depende de la Secretaría de Economía y está bajo la dirección del Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.

Origen

Existe desde marzo de 1973, con fundamento en la Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera, publicada con la intención de que las autoridades vigilaran el cumplimiento de las disposiciones en materia de inversión extranjera, y tuvieran una  forma de identificar el comportamiento de esa inversión en territorio nacional.

Dicha Ley se abrogó en diciembre de 1993 con la publicación de la que actualmente rige esos menesteres: La  Ley de Inversión Extranjera (LIE), que cuenta con el Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RLIERNIE).

Organización de RNIE

Se divide en tres secciones (arts. 31 LIE y 31 RLIERNIE):

  1. De las personas físicas y morales extranjeras
  2. De las sociedades
  3. De los fideicomisos

La Secretaría de Economía no puede proporcionar a terceros la información que contengan los expedientes del Registro sobre los sujetos inscritos, sólo podrán consultar tales expedientes quienes acrediten fehacientemente su personalidad, o en el carácter de apoderado de los sujetos inscritos, obligados a inscribirse o a realizar inscripciones ante el Registro, respecto de cada expediente que quieran consultar (art. 32 RLIERNIE).

Trámites

Los que se llevan a cabo ante dicho Registro son:

  • solicitud de inscripción
  • notificación de modificaciones a la información previamente proporcionada al RNIE
  • presentación de información trimestral sobre ingresos y egresos
  • presentación del informe económico anual
  • solicitud de cancelación de inscripción
  • avisos de fedatarios públicos

Las solicitudes, avisos e informes que se presenten al RNIE de conformidad con las disposiciones del Reglamento, se formularán utilizando los formatos aprobados, acompañados de la documentación comprobatoria que se precise en ellos. Los documentos que se presenten en idioma distinto al español se acompañarán con traducción hecha por perito traductor (art. 33 RLIERNIE).

El plazo máximo para dar respuesta a un trámite es de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su presentación. Si transcurre ese plazo sin la emisión de  una resolución, se considera que el formato de presentación fue cumplido debidamente (art. 34 RLIERNIE).

Ubicación

Este Registro puede ser contactado en cualquiera de las 51 Delegaciones y Subdelegaciones Federales de la SE en diversos estados y municipios de México o en la Dirección General de Inversión Extranjera, la cual está ubicada en Insurgentes Sur 1940, piso 8, Colonia Florida, CP 01030, México, DF.

Los trámites pueden ser enviados a las indicadas autoridades por fax, correo certificado o mensajería privada, en su caso, con acuse de recibo, quienes remitirán por la misma vía, con acuse de recibo, el oficio o resolución que corresponda, siempre y cuando los particulares hayan adjuntado al trámite el comprobante del servicio pagado para tal efecto.