Personas morales extranjeras ya no necesitan permiso
Fue eliminado el requisito previo para que empresas foráneas puedan operar en México
Las personas morales extranjeras provenientes de países con los que México tiene algún tratado o acuerdo económico ya no estarán obligadas a obtener autorización para operar en suelo mexicano, tal y como lo establece el artículo 17 de la Ley de Inversión Extranjera.
De acuerdo con una resolución publicada por la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación, desde el jueves 9 de agosto las personas morales extranjeras que quieran instalarse en México sólo deberán presentar ante esa dependencia un escrito en el que declaren que su contrato social y demás documentos constitutivos no son contrarios al orden público.
El documento también debe manifestar que la firma ha sido constituida de conformidad con las leyes de su país de origen, así como el domicilio en el que se establecerá la compañía y el de su representante legal.
La medida añade que para la inscripción de las compañías extranjeras en el Registro Público de Comercio ya no será necesario presentar un permiso de la Secretaría de Economía, sino sólo el escrito ya mencionado.
Las empresas que se benefician con esta simplificación administrativa deben provenir de naciones como Estados Unidos, Canadá, Chile, Colombia y Japón, entre otras.



