Contra Profeco ¿Recurso?

Sí, debe interponer el recurso de revisión de acuerdo con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

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 .  (Foto: IDC online)

Mis socios y yo hace tiempo constituimos una sociedad con el propósito de ser operadores de tiempos compartidos en varias playas ubicadas en la República mexicana. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) nos ha impuesto una multa fundada en el Artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) debido a un supuesto incumplimiento al Artículo 65 del mismo ordenamiento.

Al revisar la  LFPC notamos que no hay incumplimiento de nuestra parte ¿Cómo podemos defendernos?

Se debe atacar la sanción mediante el recurso de revisión. La LFPC contempla que en contra de las resoluciones de la Profeco, dictadas con fundamento en la misma, procede ese recurso (Art. 135). Éste no se encuentra descrito ni detallado en la LFPC, sino en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo (LFPA), entonces es necesario acatar lo dispuesto en sus Artículos 83 a 96, que son los reguladores del recurso.

La LFPA indica que los interesados afectados por los actos y resoluciones de las autoridades administrativas que pongan fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente podrán promover el recurso señalado, al igual que en caso de presentarse actos de autoridad de los organismos descentralizados federales, de los servicios que el Estado presta de manera exclusiva a través de dichos organismos, y de los contratos que los particulares sólo pueden celebrar con aquéllos, siempre que no se refieran a la materia fiscal porque ésta queda excluida de la aplicación de LFPA (Art. 83).