Muera pero trascienda: done vida
La donación de órganos enfatiza el consentimiento para perfeccionarse, aunque prevalece la intención del legislador de alargar la vida
GENERAL
Toda persona física tiene derechos a disponer de su cuerpo y donarlo parcial o totalmente para lo que a continuación se señala (art. 320 de la Ley General de Salud –LGS–).
Donación
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