Aumentan sanciones por emitir publicidad engañosa

Se sancionará con multas hasta de 3.3 millones de pesos o con el 10% de los ingresos brutos anuales del infractor

.
 .  (Foto: IDC online)

La ley Federal de Protección al Consumidor fue reformada por el pleno de la Cámara de Diputados a fin de incrementar las sanciones en contra de quienes difundan publicidad engañosa o abusiva de bienes, productos o servicios.

La iniciativa, que fue aprobada con 361 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, prevé que multas desde 596 pesos a 2.3 millones, y cuando sean particularmente graves éstas serán de 119 mil a 3.3 millones de pesos.

Así mismo, cuando la gravedad sea excesiva, las sanciones pueden incluir hasta un 10% de los ingresos brutos anuales del infractor, obtenidos por la comercialización del producto. De igual forma, la autoridad podrá clausurar en forma total o parcial al negocio responsable.

Para la norma reformada se consideran casos graves cuando se pone en peligro la vida, salud o seguridad de las personas, o cuando la información del producto o servicio, pudiendo no ser verdadera, induzca al error o confusión al consumidor.