Nuevo procedimiento registral

El RPP da publicidad a la situación jurídica de bienes, derechos y actos jurídicos que se registran para surtir efectos contra terceros

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 .  (Foto: IDC online)

Para comenzar con el procedimiento registral previsto en la Ley Registral del DF, se requiere que se trate de un acto inscribible y el notario debe ser requerido para ello, así como expensado, y presentar el formato precodificado, testimonio o copia certificada electrónica que hubiese expedido. El procedimiento es como se aprecia a continuación, iniciando con la asignación del número de entrada y trámite: 

diagrama flujo juridico
 diagrama flujo juridico  (Foto: Redacción)

Cuenta con un mayor detalle en la Ley comentada, pero de manera abreviada ésta sería la forma de proceder, siendo relevante la inclusión de una fase electrónica, lo cual acelerará indudablemente los procedimientos e incentivará el registro, al menos en el DF.