Sociedad Cooperativa

Es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes, principio de solidaridad y mutuo empeño esfuerzo propio y ayuda mutua

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 .  (Foto: IDC online)

SOCIEDAD COOPERATIVA (ORDINARIA O DE PARTICIPACIÓN ESTATAL) S. C. L. (LIMITADA) S. C. S. (SUPLEMENTADA)
MARCO JURÍDICO CARACTERÍSTICAS PROCESO DE CONSTITUCIÓN
Ley General de Sociedades Cooperativas
  • De consumidores de bienes y/o servicios (art.22)
  • De productores de bienes y/o servicios (art.27) 
  • De ahorro y préstamo se rigen por lo establecido en la Ley de Ahorro y Crédito Popular
  • Acta de asamblea general
  • Certificación de firmas ante notario publico, corredor publico, juez de distrito, etc.
  • Inscripción en el Registro Público de comercio.
  • Aviso del Registro Público de Comercio a la Secretaría de Desarrollo Social con copia certificada de todos los documentos de inscripción para que la propia dependencia integre y actualice la estadística nacional de sociedades cooperativas 
NOMBRE CAPITAL SOCIAL RESERVAS
Denominación No establece mínimo, pero siempre serán de capital variable El fondo de reserva se constituirá con el 10 al 20% de los rendimientos que obtengan las sociedades cooperativas en cada ejercicio social. El fondo de reserva podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no será menor del 25% del capital social en las de productores y del 10% en las de consumidores.   Este fondo podrá ser afectado cuando lo requiera la sociedad para afrontar las pérdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo ser reintegrado al final del ejercicio social, con cargo a los rendimientos (fondo de previsión social y fondo de educación cooperativa)