2287 Paquete económico 2017

2287 Paquete económico 2017

ESTIMADO LECTOR:

Nos complace informarte que tu suscripción está disponible también en smartphone y tablet para descargar sin costo extra, directamente desde App Store, Google Play y Amazon Store.

Paquete económico 2017

El titular de la SHCP entregó a la Cámara de Diputados la propuesta de diversas iniciativas de ley, junto con el Paquete Económico 2017.

A continuación se resume lo más destacado en materia fiscal.

LIF 2017

Estímulos

Se destacan los siguientes, que:

  • las personas que realicen actividades empresariales que adquieran biodiesel y sus mezclas para su consumo final utilizado solo como combustible en maquinaria en general, excepto vehículos, podrán acreditar un monto equivalente al IESPS que las personas que enajenen diésel en territorio nacional hayan causado por la venta de dicho combustible (art. 16, fracc. I)
  • los causantes que adquieran diesel o biodiesel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos destinados solo a transporte público y privado de personas o de carga, y turístico acreditarán un monto equivalente al IESPS que los enajenantes de diesel en México hubiesen causado por la enajenación de combustible contra el ISR a cargo o como retenedor (art. 16, fracc. IV)
  • los adquirentes que utilicen los combustibles fósiles en sus procesos productivos para la elaboración de otros bienes y que no se destinen a la combustión acreditarán contra el ISR a cargo, un monto equivalente al resultado de multiplicar la cuota del IESPS por la cantidad de combustible en un mes que no se hubiese sometido al proceso descrito (art. 16, fracc. VI)
  • la PTU pagada se podrá disminuir en los pagos provisionales de mayo a diciembre (art. 16, fracc. VIII)
  • no se tendrá que expedir la constancia de retenciones del ISR e IVA, cuando las personas físicas que presten servicios profesionales o les hayan otorgado el uso o goce temporal de inmuebles hubiesen emitido el CFDI correspondiente a la persona moral que realice el pago (art. 16, fracc. XII)
  • las empresas:
    • que donaran bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación o salud a donatarias autorizadas, tendrán un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional por un monto equivalente al 5 % del costo de lo vendido que les hubiera correspondido a dichas mercancías (art. 16, fracc. IX)
    • podrán deducir de sus ingresos para efectos del ISR un monto adicional equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a trabajadores invidentes o que padezcan discapacidad (art. 16, fracc. X):
      • motriz, esto es que para superarla requiera usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas
      • auditiva o de lenguaje en un 80 %
      • dedicadas a la cinematografía podrán aplicar contra los pagos provisionales del ISR, el crédito fiscal referido en el artículo 189 de la LISR(art. 16, fracc. XI)

Recargos

Las tasas de recargos será de 0.75 % mensual sobre los saldos insolutos, 1 %, 1.25 % y 1.5 % tratándose de pagos a plazos en parcialidades hasta 12, 24 o más meses, respectivamente(art. 8).

Intereses

La tasa de retención por pago de intereses sobre el monto del capital será del 0.58% (arts. 21, en relación con el 54 y 135, LISR).

Gasolina y diesel

Durante 2017 y 2018 los precios al público se determinarán bajo condiciones de mercado tomando en cuenta la opinión que emita la Comisión Federal de Competencia Económica en atención a un calendario por regiones del país que se dará a conocer en el DOF(art. décimo segundo transitorio).

IVA

Periodos preoperativos

El IVA pagado por inversiones o gastos en períodos preoperativos será acreditable hasta la declaración correspondiente al primer mes en el que se realicen las actividades por las que se deba pagar el impuesto, y puede ser sujeto a diversos ajustes (art. 5, fracc. VI, reforma).

Inicio de actividades

Durante el ejercicio de inicio de actividades y el siguiente la proporción de IVA acreditable para cada mes se calculará con los datos correspondientes al periodo comprendido desde el mes en el que se iniciaron las actividades y hasta el mes por el que se calcula el impuesto acreditable. El IVA de inversiones puede ser sujeto a un ajuste (art. 5B, reforma).

Uso o goce

La base para el IVA tratándose del uso o goce temporal, en territorio nacional, de bienes tangibles cuya entrega material se hubiera efectuado en el extranjero será el monto de las contraprestaciones.

Cuando ya se hubiera pagado efectivamente el IVA por la introducción al país de dichos bienes, no se pagará el IVA por su uso o goce temporal, en territorio nacional (arts. 20 fracc. IV, 24 fracc. IV y 27, reforma)

Aprovechamiento en territorio nacional de servicio prestados en el extranjero

Se precisa que en el caso de aprovechamiento en territorio nacional de servicios prestados en el extranjero, la importación se efectúa en el momento en el que se pague efectivamente la contraprestación (art. 26 fracc. IV, reforma)

Exportación de servicios de tecnología

Se podrá dar el tratamiento de exportación de servicios a los de tecnologías de la información consistentes en el: desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones informáticas o de sistemas computacionales, procesamiento, almacenamiento, respaldos de información, así como la administración de bases de datos, alojamiento de aplicaciones informáticas, modernización y optimización de sistemas de seguridad de la información y a la continuidad en la operación de los servicios anteriores; siempre que las empresas cumplan con los requisitos previstos para ello (art. 29, fracc. IV, inciso i), adición).

Seminarios IDC

IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestros próximos eventos:

Esperamos contar con su distinguida presencia. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.

IDConline en Redes sociales

Entérese de primera mano, de las notas exclusivas para nuestros usuarios.
Síganos en:

https://twitter.com/IDConline
https://www.facebook.com/IDConline
https://plus.google.com/+IdconlineMx1
https://www.linkedin.com/company/idc-online?trk=rr_brands_carousel_name
https://www.instagram.com/idconline/

La Editora General