2205 Cerca la primera modificación a la RMISC 2016

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Cerca la primera modificación a la RMISC 2016

El SAT dio a conocer en su sitio web lo que pretende ser la Primera Resolución de Modificaciones a la RMISC 2016. En ese documento destaca:

  • la inclusión del Anexo 27 vinculado con las cuotas para el derecho de exploración de hidrocarburos (regla 1.9., fracc. XXXI, Adición)
  • el procedimiento para obtener la devolución del saldo a favor en cinco días, si se presenta la declaración del IVA mediante el servicio de declaraciones y pagos con la Fiel o la e.firma portable (regla 2.3.17, Adición). La facilidad aplicaría a cantidades de febrero de 2016 en adelante
  • el mecanismo de actualización de las cuotas previstas en los artículos 45 y 55 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (regla 10.20., Adición)
  • las controladoras que hubiesen elegido pagar en 10 exhibiciones el ISR diferido exhibirían el aviso correspondiente a más tardar al realizar el primer pago, o sea, el 31 marzo de 2016. Actualmente se prevé que sea en enero de ese año (regla 11.7.1.4., Reforma)
  • se prorrogaría hasta abril y mayo de 2016 (actualmente en febrero) la presentación de la declaración informativa sobre los ingresos percibidos en REFIPRES y se haría vía la forma oficial 63 “Declaración informativa de los regímenes fiscales preferentes” (art. tercero transitorio), y
  • las instituciones del sistema financiero y los intermediarios financieros que intervengan en la enajenación de acciones mediante la Bolsa Mexicana de Valores concesionada, podrían presentar a más tardar el 29 de febrero de 2016, la forma oficial IEF “Información de intereses, cuentas de Afore, enajenación de acciones, sociedades de inversión en instrumentos de deuda y de renta variable y créditos hipotecarios. Arts. 55, 56 y 151 LISR; 75 y 227 RLISR.” contenida en el Anexo 1, así como realizar la emisión de la constancia de intereses y la del CFDI de retenciones efectuadas, correspondientes al 2015 (art. cuarto transitorio)

 

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