2132 ISR 2016/IESPS 2016

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ISR 2016
En cuanto a las reformas a la LISR, se observan los siguientes puntos:

  • se propone incluir la deducción inmediata de inversiones de empresas con ingresos de hasta 50 millones de pesos, así como de la inversión para la creación y ampliación de infraestructura de transporte y de la inversión en equipo utilizado en el sector energético a las cuales se les aplicaría ciertos porcentajes dependiendo del bien en los ejercicios 2016 y 2017 (art. tercero transitorio, fracc. II)
  • las personas morales que dediquen exclusivamente a la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente podrían optar por utilizar una cuenta de utilidades por inversión en fuentes renovables (CUFIN ajustada) con la finalidad de considerar la deducción de inversiones en la citada cuenta (art. 77-A)
  • se aclara que para efectos de la capitalización delgada se excluyen las deudas contratadas con motivo de la inversión en infraestructura relacionada con la energía eléctrica (art. 28 fracc. XXVII)
  • las personas físicas sujetas al ISR por la distribución de dividendos o utilidades en los ejercicios 2014,2015 y 2016 gozarían de un estímulo fiscal contra el ISR que se debiera retener y enterar, si los dividendos o utilidades se reinviertan por la persona moral que las generó (art. tercero transitorio, fracc. I)

IESPS 2016
En materia de IESPS se observan los siguientes cambios:

  • se pretende adelantar la liberación del precio de la gasolina y el diesel, iniciando en 2016, teniendo parámetros de un nivel mínimo y máximo en el precio en que las distribuidoras enajenen la gasolina, limitando la volatilidad en caso de variaciones en precios, con el fin de beneficiar a los consumidores finales, además de que así se evitará que el impuesto a la gasolina se vuelva negativo 
  • en cuanto a los contribuyentes del RIF que sean causantes del IESPS por fabricación, producción o envasamiento de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y bebidas alcohólicas, plantean que deberán presentar el reporte de su equipo de producción, destilación, envasamiento y almacenaje de bienes, así como las existencias y los volúmenes fabricados, y una declaración bimestral de los marbetes recibidos y usados

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