2019 Hacienda difunde nuevas disposiciones del SAR

2019 Hacienda difunde nuevas disposiciones del SAR

Hacienda difunde nuevas disposiciones del SAR

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el DOF del 29 de diciembre de 2014 las nuevas disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), de las que destaca lo siguiente:

Obligaciones de las Afore

  • brindar a los trabajadores, a través del centro de atención telefónica, información sobre quien administra su cuenta individual, y de los procesos para la disposición o traspaso de sus recursos
  • resarcir a los trabajadores por los daños ocasionados por la información proporcionada por los institutos de seguridad social con errores o inconsistencias imputables a las propias administradoras y que afecten negativamente el saldo de la cuenta individual de aquellos
  • implementar controles para verificar el proceso de registro y traspaso de las cuentas individuales de los trabajadores con el objeto de asegurar la identidad de éstos y el ejercicio de su voluntad
  • integrar y actualizar el “Expediente Identificador de los Trabajadores”. Asimismo, por medio de sus agentes promotores deben poner a disposición de los trabajadores los equipos, sistemas automatizados o plataformas electrónicas, los servicios relacionados con las cuentas individuales; para ello los usuarios utilizarán a partir del 1o. de enero de 2016 su Clave Única de Registro de Población (CURP) o la “Firma Biométrica”

Obligaciones de otros participantes

  • Todos los participantes en los SAR deben conservar las grabaciones de las llamadas telefónicas y llevar un bitácora electrónica que contenga la hora, el lugar, así como los números de origen y recepción de dichas llamadas
  • los agentes promotores de las Afore tienen que exhibir a los trabajadores interesados en sus servicios, la credencial con la que acrediten la vigencia de su inscripción en el Registro de Agentes Promotores
  • las empresas operadoras tienen que registrar, resguardar, administrar y actualizar en la Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro los expedientes electrónicos de los trabajadores, los agentes promotores, de los agentes de servicios y funcionarios autorizados por las Afore para la auditoría y el control que se lleven a cabo

Derechos de los trabajadores

  • presentar aclaraciones ante la Afore de que se trate cuando: no hubiesen otorgado su consentimiento para realizar el traspaso de los recursos de su cuenta individual; existan inconsistencias en sus expedientes electrónicos, o expresen que no dieron su consentimiento para la recertificación de sus cuentas individuales
  • llenar una pre-solicitud para el registro de su cuenta individual en la administradora de su elección; para ello se prevé que las Afore están obligadas a poner a disposición de los trabajadores las solitudes de registro a través de medios electrónicos

Ayuda para desempleo

Se detalla la documentación, los datos necesarios y el procedimiento a seguir por los trabajadores para la disposición parcial de los recursos por desempleo.
Las Afore deben dar a conocer a los trabajadores la información sobre este tipo de retiros y sus consecuencias, así como apegar su otorgamiento a lo señalado en la LSS de 1997
Para la ayuda de desempleo la Afore debe verificar: que el trabajador cuenta con expediente de identificación; que la solicitud respectiva tiene su nombre completo y firma; que aquel conoce su contenido y reconoce que es su voluntad realizar el trámite, y está enterado de las implicaciones que tendrá sobre su cuenta individual y sus semanas de cotización dicho retiro.
A partir del 1 de junio de 2015 este requerimiento debe ser resuelto dentro de los tres días hábiles siguientes, y si procede su pago, se efectuará de la siguiente manera:

  • cinco días hábiles, contados a partir de la recepción de la resolución y certificado del IMSS, si el trabajador tiene mínimo 12 bimestres de cotización y la cuenta individual tiene tres años, y
  • seis mensualidades si la cuenta individual tiene cinco años o más de abierta; la primera de esas parcialidades podrá ser por un monto de 30 días del último salario base de cotización a petición del trabajador y previa comprobación de que no se ha reincorporado a laborar. El interesado debe manifestar bajo protesta de decir verdad que subsiste el estado de desempleo cinco días naturales antes y cinco después a la fecha del pago de la siguiente mensualidad

Cambios en pensiones

Respecto de las modificaciones a la pensión se prevé que cuando derivado de la corrección o ajuste que realicen los institutos de seguridad social sea necesario el reintegro de los recursos de las cuentas individuales, las Afore deben recibir los mismos y realizar la individualización de las subcuentas respectivas en las Sociedades de Inversión

Vigencia: En forma general a partir del 1o. de marzo de 2015.

Disposiciones abrogadas
Las disposiciones de carácter general publicadas en el DOF el 5 de noviembre de 2012.

 

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